REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 27 de octubre de 2017
207º y 158º
ASUNTO: AH1A-V-2007-000305.-
PARTE ACTORA: ciudadana KELLYS JOSEFINA PEREZ GARCIA, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 10.759.386.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: CARLOS MIGUEL MARIN, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 51.299.
PARTE DEMANDADA: ciudadana CARMEN TERESA FARIAS SOTILLO, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 8.450.285.
MOTIVO: ENTREGA MATERIAL.-
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.
-I-
ANTECEDENTES
Se inició el presente juicio mediante libelo de demanda introducido en fecha 07 de marzo de 2007, por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.) de este Circuito Judicial, contentivo del juicio que por ENTREGA MATERIAL sigue KELLYS JOSEFINA PEREZ GARCIA, contra la ciudadana CARMEN TERESA FARIAS SOTILLO, ambas identificadas en el encabezado.
En fecha 22 de marzo de 2007, este Tribunal dictó auto mediante el cual se admitió la presente demanda y se libró oficio y despacho comisión al Juzgado de Municipio (Distribuidor de Turno) de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
En fecha 10 de abril de 2017, se recibió diligencia presentada por el abogado CARLOS MIGUEL MARIN, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, mediante la cual solicitó se libre boleta de notificación a la parte demandada.-
Mediante diligencia de fecha 02 de mayo de 2007, compareció ante este Tribunal el Alguacil NELSON PAREDES, dejando constancia de haber entregado el oficio Nº 0511, librado en fecha 22 de marzo de 2007.-
En fecha 25 de octubre 2011, se recibieron resultas de la comisión de fecha 22 de marzo de 2017, proveniente del Juzgado Décimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, debidamente cumplida.
-II-
MOTIVACIONES PARA DECIDIR
Ahora bien, de lo anteriormente narrado éste Juzgador observa que la parte demandada dio cumplimiento con las obligaciones que se demandaban en el presente juicio.
Así entonces, se puede determinar que la presente causa de ENTREGA MATERIAL intentada por la ciudadana KELLYS JOSEFINA PEREZ GARCIA contra la ciudadana CARMEN TERESA FARIAS SOTILLO, se encuentra terminado, Y ASÍ EXPRESAMENTE SE DECLARA.
-III-
DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara TERMINADO el presente juicio.
No hay especial condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo dictado.
Dada, firmada y sellada en la sede de Despacho del Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los veintisiete (27) días del mes de octubre de dos mil diecisiete (2017). Años 207º de la Independencia y 158º de la Federación.-
EL JUEZ,
Abg. LUIS ERNESTO GÓMEZ SÁEZ
LA SECRETARIA,
Abg. SONIA CARRIZO ONTIVEROS
En esta misma fecha, siendo las ____________, previo el cumplimiento de las formalidades de Ley, se publicó y registró la anterior sentencia, dejándose en la Unidad de Archivo la copia certificada a la cual hace referencia el artículo 248 de Código de Procedimiento Civil.-
LA SECRETARIA,
LEGS/SCO/José A.-
|