En virtud de los razonamientos anteriormente expresados, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 185-A del Código Civil declara DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL existente entre los ciudadanos ALFREDO RAFAEL MORENO LADINO y CLAUDIA ELENA RANGEL GARCÍA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, identificados con las cédulas de identidad Nros. V-10.671.384 y V-11.313.650, respectivamente, y en consecuencia declara EL DIVORCIO de los precitados ciudadanos. Así se decide.