REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DÉCIMO QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, 10 de Octubre de 2017
207° de la Independencia y 158° de la Federación

Vista la anterior solicitud de DECLARACIÓN DE ÚNICOS UNIVERSALES HEREDEROS, las Justificaciones promovidas y evacuadas al efecto, y de conformidad con lo previsto en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal Declara ÚNICOS UNIVERSALES HEREDEROS, a favor de los ciudadanos RAQUEL DEL CARMEN PINEDA DE SALAZAR, CAROLINA MERCEDES SALAZAR PINEDA, GABRIEL IGNACIO SALAZAR PINEDA, DANIEL SALAZAR PINEDA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-2.621.891, V-10.872.192, V-6.347.398, V-14.874.207, respectivamente, causahabiente del de-cujus NICOLAS BERNARDO SALAZAR VELASQUEZ, quien en vida fue, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. V-2.159.861, fallecido Ab-Intestato, en fecha 31 de julio de 2017, en la Parroquia San Bernardo, Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capital.
Expídanse por secretaría copias certificadas de la presente solicitud y entréguese a la parte interesada de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, una vez sean consignados por las solicitantes los fotostátos correspondientes.
Devuélvanse las presentes actuaciones a la parte interesada a los fines legales consiguientes, previa anotación en el Libro Diario llevado en este Tribunal. Cúmplase.-
EL JUEZ TITULAR,

DR. RENAN JOSE GONZALEZ

LA SECRETARIA ACC,

YENNY CARABALLO

EXP: AP31-S-2017-004810
RJG/YC/KEISY