REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DECIMO QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, 05 de Octubre de 2017.
207º y 158°

Vista la anterior solicitud de DECLARACIÓN DE ÚNICOS y UNIVERSALES HEREDEROS, las Justificaciones promovidas y evacuadas al efecto, y de conformidad con lo previsto en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal Declara ÚNICO y UNIVERSALE HEREDERO, a favor de la ciudadana, FLORENCIA CELINA ARAQUE DE PEÑALVER venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. V-2.755.450, causahabiente del De-Cujus ADOLFO ARMANDO PEREZ ARAQUE, quien en vida fue venezolano y titular de la cédula de identidad Nº V- 6.940.011, fallecido en fecha 19 de Febrero de 2017, Parroquia el Paraíso Municipio Libertador del Distrito Capital. Así se Decide.-
Expídanse por secretaría copias certificadas de la presente solicitud y entréguese a la parte interesada de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, una vez sean consignados por los solicitantes los fotostátos correspondientes.
Devuélvanse las presentes actuaciones a la parte interesada a los fines legales consiguientes, previa anotación en el Libro Diario llevado en este Tribunal. Cúmplase.-
EL JUEZ,

DR. RENAN JOSE GONZALEZ.

LA SECRETARIA ACC,

YENNY CARABALLO.

EXP.- AP31-S-2017-002420
MALPA.-