REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL DECIMO QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR
DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL
AREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas,09 de Octubre de 2017.
207° y 158°

Vista la anterior solicitud de DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, las Justificaciones promovidas y evacuadas al efecto, y de conformidad con lo previsto en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal Declara ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, a favor de los ciudadanos TERESA LOSCHI de ZULLIAN, RICCARDO JOSÉ FRANCISCO ZULLIAN LOSCHI y STEFANO MARIANO ZULLIAN LOSCHI, de nacionalidad italiana la primera y venezolanos los dos últimos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. E-179.474, V-5.531.311 y V-11.227.457, respectivamente; causahabientes del de-cujus URBANO ZULLIAN TOMADINI, quien en vida fue venezolano y titular de la cédula de identidad Nro. V-6.822.549, fallecido Ab-Intestato, en fecha 22 de septiembre de 2016, en la Parroquia San Bernardino del Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capital. Dejando salvo los derechos a terceros.
Expídanse por secretaría copias certificadas de la presente solicitud y entréguese a la parte interesada de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, una vez sean consignados por los solicitantes los fotostatos correspondientes.
Devuélvanse las presentes actuaciones a la parte interesada a los fines legales consiguientes, previa anotación en el Libro Diario llevado en este Tribunal. Cúmplase.
EL JUEZ,

Dr. RENAN JOSÉ GONZALEZ.

LA SECRETARIA ACC.,

YENNY CARABALLO.

Exp. AP31-S-2017-000963
RJG/YC/w.