ACTA
N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2017-001092
PARTE ACTORA: FRANKLIN RAFAEL D ARMAS, venezolano, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V-15.208.751.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: NOLAN DAVID FAJARDO, ANGEL ROJAS Y JOSE GREGORIO FAJARDO, abogados en ejercicio, de este domicilio e inscritos en el Inpreabogado bajo los números: 187.820; 88.662; y 95.909, respectivamente.
PARTE DEMANDADA: DISTRIBUIDORA CAYO DE AGUA, C.A.
APODERADO JUDICIAL DE LA DEMANDADA: EDWARD ALEXANDER ZERPA, abogado en ejercicio, de este domicilio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 143.045.
MOTIVO: COBRO DE DIFERENCIAS SALARIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.
Hoy, veintiocho (28) de septiembre de 2017, siendo las 10:00 am., día y hora fijados para que tenga lugar la celebración de la Audiencia Preliminar, se deja expresa constancia de la incomparecencia de la parte actora ciudadano FRANKLIN RAFAEL D ARMAS, venezolano, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V-15.208.751. ni por sí ni por intermedio de apoderado judicial alguno, asimismo, se deja expresa constancia de la incomparecencia de la parte demanda, entidad de trabajo DISTRIBUIDORA CAYO DE AGUA, C.A., ni por sí ni por intermedio de apoderado judicial alguno, en consecuencia; de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Vigésimo Primero (21°) de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 207 ° y 158°.
El JUEZ
Abg. GABRIEL RINCONES
EL SECRETARIO
ABG. RAFAEL FLORES
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