REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL VIGÉSIMO QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL VIGESIMO QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, 27 de Septiembre de 2017
207º y 158°
Visto el escrito de solicitud de JUSTIFICATIVO DE TESTIGOS, que encabeza las presentes actuacciones, interpuesto por la ciudadana MAYERLING YANIRA BERROTERAN, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cedula de identidad Nº V-11.414.475, debidamente inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 162.911, actuando en su propio nombre y representacion, en consecuencia, cumplida como ha sido la presente solicitud, de conformidad con lo establecido en el articulo 936 del Còdigo de Procedimiento Civil, se ordena devolver la misma a la solicitante, previa anotacion en el libro diario llevado por este Tribunal. Cúmplase.-
EL JUEZ.
ABG. ENEIDA J. TORREALBA C.
LA SECRETARIA.
ABG. THAIS PINO CASANOVA