REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
JUZGADO PRIMERO SUPERIOR DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, 23 de abril de 2018
208° y 159°
ASUNTO:AP21-R-2018-000092
PRINCIPAL:AP21-L-2016-002057

En el juicio que sigue, OSCAR ENRIQUE JAIMES BECERRA, titular de la cédula de identidad N° 17.978.548, representado en el proceso por el abogado MARCOS MAGFALLANES, inscrito en el IPSA bajo el N° 120.711; contra la entidad de trabajo, SOCIEDAD CIVIL I.Q.M, inscrita por ante el Registro Inmobiliario del Sexto Circuito del Municipio Libertador del Distrito Capital, en fecha, 23 de septiembre de 2004, bajo el N° 20, tomo 37 del Protocolo Primero, representada en el juicio, por los abogados, MARYORY JOSEFINA HERNANDEZ APONTE y ALEXIS FEBRES CHACOA, inscritos en el IPSA, bajo los números: 134.479 y 17.069; el Juzgado Noveno de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial, por decisión del 06 de febrero de 2018, declaró sin lugar la demanda.

Contra este decisión ejerció recurso de apelación la parte afectada por la misma, vale decir, la parte actora, razón por la cual subieron las actuaciones a este Juzgado Superior que por auto del 15 de marzo de 2018, las dio por recibidas, y fijó, por auto del 23 de marzo del mismo mes y del mismo año, la oportunidad para la celebración de la audiencia de apelación, para el lunes 16 de abril de 2018, a las 11:00 de la mañana; oportunidad que hubo de ser reprogramada para la fecha de hoy (23/04/2018), dado que el titular del Despacho, no podía asistir en la señalada fecha, por cuestiones personales al acto en cuestión.

Celebrada la referida audiencia, se dejó expresa constancia de la incomparecencia a la misma de la parte actora recurrente, compareciendo solo la parte demandada, mediante sus apoderados; por lo que el Tribunal declaró desistido el recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra la sentencia del Juzgado Noveno de Primera Instancia de Juicio de este mismo Circuito Judicial, que declaró sin lugar la demanda propuesta por, OSCAR ENRIQUE JAIMES BECERRA contra la SOCIEDAD CIVIL I.Q.M., ambos identificados en autos; ordenando la remisión del expediente al Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución correspondiente, de manera inmediata.

Por lo expuesto, este Juzgado Primero Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Desistido el recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra la decisión del Juzgado Noveno de Primera Instancia de Juicio, de este mismo Circuito Judicial, de fecha, 06 de febrero de 2018, que declaró sin lugar la demanda. SEGUNDO: Confirmada la sentencia recurrida, del 06 de febrero de 2018. TERCERO: se imponen las costas del recurso a la parte actora por el desistimiento operado.
Publíquese, regístrese, déjese copia.

Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Juzgado Primero Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Caracas, a los veintitrés (23) días del mes de abril de dos mil dieciocho (2018). Años: 208° de la Independencia y 159° de la Federación.

EL JUEZ,

ASDRÚBAL SALAZAR HERNÁNDEZ

LA SECRETARIA,

ADRIANA BIGOTT

En la misma fecha, 23 de abril de 2018, en horas de despacho y previas las formalidades de Ley, de registró y publicó la anterior decisión.

LA SECRETARIA,

ADRIANA BIGOTT