ACTA

N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2018-000300
PARTE ACTORA: JUAN PABLO BULEN, ROBERTO ANTONIO NIEVES, NEHOMAR GREGORIO CUEVA Y OTROS.
APODERADA DE LA PARTE ACTORA: NO COMPARECIO.
PARTE DEMANDADA: INDUSTRIAS BIOPAPEL C.A
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: LUIS AVILA, IPSA: 196.591
MOTIVO: COBRO DE BENEFICIOS LABORALES.

Hoy, 01 de AGOSTO de 2018, siendo las 10:30 am., día y hora fijados para que tenga lugar la celebración de la Audiencia de Prolongación, compareció a la misma el abogado LUIS AVILA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro.-196.591, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, dándose inicio al acto. Se deja expresa constancia que las partes demandantes, ciudadanos JUAN PABLO BULEN, ROBERTO NIEVES, NEHOMAR CUEVA, ROSMAN ZAMBRANO, JORGE FLORES, RAFAEL DENIS, NEOMAR AYALA, JAKELIN AVILA, JUAN BASTARDO, YENNY SANCHEZ, YEIDRIN VAZQUEZ , ANTHONY ORTIZ, GLORIA GIL, DANNY MORALES y ARMANDO MONCADA, no comparecieron ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno a la celebración de la Audiencia Prolongada, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 208 ° y 159°.


LA JUEZA

ABG. LILIA NOHEMI ZORIANO TREJO

LA SECRETARIA

ABG. YESENIA FUENTES


APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA



Nota: En la misma fecha se dictó, publicó y diarizó la presente decisión.

LA SECRETARIA

ABG. YESENIA FUENTES