IV.- DISPOSITIVA.-
En fuerza de las precedentes consideraciones, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta el 01.11.2017 (f.191) por el abogado MOISES AMADO, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte co-demandada, ciudadano ORLANDO MANTOVANI SUAREZ, contra el auto dictado en fecha 24.10.2017, por el Juzgado Vigésimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, con motivo del Juicio de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO (TERCERIA), que sigue la Sociedad Mercantil 1000 MOTORSPORT, C.A., contra los ciudadanos ORLANDO MANTOVANI SUAREZ y RAYMON ISLER HERNANDEZ,
SEGUNDO: Queda CONFIRMADO el auto apelado.-
TERCERO: Se le impone las Costas del recurso a la parte co-demandada, ciudadano ORLANDO MANTOVANI SUAREZ, por haber resultado perdidosa en todas sus partes conforme el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con el artículo 281 eiusdem.-
REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE, DÉJESE COPIA, NOTIFIQUESE y REMÍTASE en su oportunidad.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En Caracas, a los Diez (10) días del mes de Agosto del año dos mil Dieciocho (2.018). Años 208° de la Independencia y 159° de la Federación.-
LA JUEZ

DRA. INDIRA PARÍS BRUNI
EL SECRETARIO

ABG. JHONME NAREA TOVAR.



En esta misma fecha se publicó y registró la anterior decisión siendo las tres y veinte minutos de la tarde (03:20 PM).

EL SECRETARIO

ABG. JHONME NAREA TOVAR.
Exp. N° AP71-R-2018-000165
Cumplimiento de Contrato (TERCERIA) /Int.
Materia: Civil.
IPB/MAP/Javier