REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Cuadragésimo (40°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas

Caracas, ocho (8) de agosto de 2018.
Años. 208º y 159º

ASUNTO PRINCIPAL: AP21-S-2014-004717.

SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA

Visto el Desistimiento del Procedimiento, presentado mediante diligencia, en fecha seis (6) de marzo de 2015; por el profesional del derecho, Henry Sanabria; abogado en ejercicio e inscrito en el INPREABOGADO bajo el N°. 58596; en su carácter de apoderado judicial de la Entidad de Trabajo, “INVERSIONES INTER 2010, C.A.” (Restaurant y Pollos en Brasas Maracana).”; sociedad mercantil inscrita ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y estado Miranda en fecha dieciocho (18) de junio de 2010, bajo el N°.43, Tomo 164-A-Sgdo; en la Solicitud de Oferta Real de Pago, presentada en favor de la ciudadana, Rosa Karina Marquina Gómez, venezolana, mayor de edad, jurídicamente hábil, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N°. V-25.357.711. Este Tribunal, visto el Desistimiento procedimiento propuesto, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, en aplicación analógica en virtud de la remisión prevista en el artículo 11, de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, acuerda impartirle la correspondiente Homologación. Así se decide..

DISPOSITIVO.

Este Juzgado Cuadragésimo (40°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas; de conformidad con lo previsto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, en aplicación por la remisión analógica prevista en el artículo 11, de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, declara: Primero: Homologa El Desistimiento del Procedimiento, presentado por la Parte Oferente, “INVERSIONES INTER 2010, C.A.” (Restaurant y Pollos en Brasas Maracana).”; antes identificada, en la Solicitud de Oferta Real de Pago, presentada en favor de la ciudadana, Rosa Karina Marquina Gomez, ya identificado.-
Segundo: No hay condenatoria en costas.-



Publíquese, regístrese y déjese copia fotostática certificada.

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Cuadragésimo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, a los ocho (8) días del mes de agosto de 2018.-

EL JUEZ.


Abg. Félix Job Hernández Q.

La Secretaria.

Abg. Hanoi Navarro.

En la fecha de hoy se publicó y registró la anterior decisión, previo cumplimiento de las formalidades de Ley, siendo las once y cuarenta minutos de la mañana (12:40 a.m.)

La Secretaria.

Abg. Hanoi Navarro.
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