REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Trigésimo Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, cinco de diciembre de dos mil dieciocho
208º y 159º

ASUNTO: AP21-L-2018-000335

N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2018-000335
PARTE ACTORA: AMIRA HENAO SANTOFIMIO, titular de la cedula de identidad V-6.312.249.
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: CLEMENTE JOSE CASTILLO RUDA. IPSA: 184.082
PARTE DEMANDADA: ACADEMIA AMERICANA A.A, C.A
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: BERMUDEZ PARADA MARISOL, SALAS MARIA, MARTINEZ ALEJANDRO, inscritos en el inpreabogado bajos los números. 36.726, 173.536, 226.943, respectivamente
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES

Hoy, 05 de diciembre de 2018, a las 09:00, A.M., día y hora fijado para que tenga lugar la celebración de de la audiencia Preliminar, comparecieron a la misma los abogados BERMUDES MARISOL, SALAS MARIA, MARTINEZ ALEJANDRO, inscritos en el inpreabogado bajos los números. 36.726, 173.536, 226.943, respectivamente en su carácter de apoderados judiciales de la parte demandada. Se deja expresa constancia que la parte actora, ciudadana AMIRA HENAO SANTOFIMIO, titular de la cedula de identidad V-6.312.249, no compareció ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno a la celebración de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 208 ° y 159°.
El juez

Abg. Marcial Mecía
La Secretaria

Abg. Suhail Flores
Apoderados Judiciales de la Parte Demandada

Nota: En la misma fecha se dictó, publicó y diarizó la presente decisión.
La Secretaria Abg. Suhail Flores