REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL VIGÉSIMO QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL VIGESIMO QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, 13 de diciembre de 2018
208º y 159°

Vista la anterior solicitud de Declaración de Únicos y Universales Herederos; así como las Justificaciones promovidas y evacuadas al efecto, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor Derecho, y de conformidad con lo previsto en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, se Declara ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, a la ciudadana ANGY KARINA OCHOA CONTRERAS, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-21.706.855, causahabientes del De-Cujus GUSTAVO ANTONIO OCHOA JIMÉNEZ, quien en vida fue venezolano y titular de la cédula de identidad Nº V-5.422.281, fallecido Ab-Intestato, en fecha 15 de mayo de 2018, en Guatire, Municipio Zamora del Estado Bolivariano de Miranda.
Expídanse por secretaría copias certificadas de la presente solicitud y entréguese a la parte interesada de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, una vez sean consignados por los solicitantes los fotostatos correspondientes.-
Devuélvanse las presentes actuaciones a la parte interesada a los fines legales consiguientes, previa anotación en el Libro Diario llevado en este Tribunal.- Cúmplase.
LA JUEZ,


ABG. ENEIDA TORREALBA.

LA SECRETARIA TITULAR,


ABG. THAIS PINO.