REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO.


REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN CAPITAL.
Caracas, veintidós (22) de enero de 2018.
207° y 158°
Exp. Nº 007793
Visto el escrito de promoción de pruebas presentado en fecha 10 de enero de 2018, por el ciudadano JUAN ALFREDO ALEJADRO ZAMORA, titular de la cédula de identidad Nº V-4.419.583, asistido por la abogada LUISA AMELIA RODRÌGUEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 76.548, este Tribunal admite las pruebas documentales promovida, cuanto ha lugar en derecho, por no ser la misma manifiestamente ilegal ni impertinente, salvo su apreciación en la definitiva. Cúmplase
EL JUEZ

DR. ANGEL VARGAS RODRIGUEZ


LA SECRETARIA,

ABG. GABRIELA PAREDES





Exp. N° 007793