REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR OCTAVO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR OCTAVO EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DE LA REGIÓN CAPITAL. Caracas, veintidós, (22) de enero de dos mil dieciocho (2018).

207° y 158°

Vistas las precedentes actuaciones, este Juzgado observa que:

En fecha 26 de julio de 2017, de conformidad con lo establecido en los artículos 33 y 35 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, se admitió la presente Demanda por Indemnización de Daños y Perjuicios y en consecuencia, se fijó la hora diez de la mañana (10:00 am), del décimo (10.mo.) día de despacho siguiente a que constase en autos el haberse practicado la citación del Presidente del INSTITUTO SOCIALISTA DE LA PESCA Y ACUICULTURA (INSOPESCA), así como la notificación de los ciudadanos Procurador General de la República y Ministro del Poder Popular para Agricultura y Tierras.

En fecha 18 de septiembre de 2017, se libraron oficios Nos. TS8CA/0812, 0813 y 0814, dirigidos a los ciudadanos Procurador General de la República, Presidente del INSTITUTO SOCIALISTA DE LA PESCA Y ACUICULTURA (INSOPESCA) y al Ministro del Poder Popular para Agricultura y Tierras, respectivamente, igualmente, en fecha 19 de septiembre de 2017, se libró boleta de notificación dirigida a la ciudadana GLORIA NEMER NAIM, parte demandante en la presente causa. .

En fecha 27 de septiembre de 2017, el ciudadano Alguacil de este Tribunal, dejó constancia de haber practicado efectivamente la citación del Presidente del INSTITUTO SOCIALISTA DE LA PESCA Y ACUICULTURA (INSOPESCA), y la notificación de los ciudadanos Procurador General de la República y Ministro del Poder Popular para Agricultura y Tierras, así como, la de la ciudadana GLORIA NEMER NAIM.

En fecha 24 de octubre de 2017, siendo las diez de la mañana (10:00 am), tuvo lugar la audiencia preliminar en la presente causa, de conformidad con lo previsto en el artículo 57 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, a la cual compareció la ciudadana GLORIA NEMER NAIM, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V.- 5.335.671, asistida por el abogado LUIS ANTONIO SIFONTES ROJAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 151.175, quienes concluida su exposición consignaron escrito de promoción de pruebas constante de dos (02) folios útiles y diez (10) anexos, e igualmente, se dejo constancia de la incomparecencia de la parte demandada.

Asimismo, en fecha 24 de octubre de 2017, se recibió oficio DGC/LIT N° 154/2017, emanado de la Consultoría Jurídica del Ministerio del Poder Popular para la Agricultura Productiva y Tierras, en fecha 19 de octubre de 2017, mediante el cual el referido Ministerio informa a este Órgano Jurisdiccional que el INSTITUTO SOCIALISTA DE LA PESCA Y ACUICULTURA (INSOPESCA), fue adscrito al Ministerio del Poder Popular de Pesca y Acuicultura, según decreto N° 2.327 publicado en Gaceta Oficial N° 40.907, de fecha 19 de mayo de 2016; de la cual anexó copia simple, motivo por el cual no tienen competencia para comparecer a la audiencia preliminar.

En fecha 12 de diciembre de 2017, compareció la abogada YEXAMIN OVIEDO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 178.354, actuando en su carácter de apoderada judicial de INSTITUTO SOCIALISTA DE LA PESCA Y ACUICULTURA (INSOPESCA), y consignó constante de cinco (05) folios útiles, escrito mediante el cual solicitó que se reponga la causa al estado de notificar nuevamente a las partes para que el ente que representa tenga la oportunidad de participar en la audiencia preliminar, incluyendo al Ministerio del Poder Popular de Pesca y Acuicultura; actual Ministerio de adscripción del INSTITUTO SOCIALISTA DE LA PESCA Y ACUICULTURA (INSOPESCA).

Bajo las premisas que anteceden, este Órgano Jurisdiccional tomando en consideración todo lo antes expuesto y, a los fines de garantizar el debido proceso y el derecho a la defensa, establecidos en el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, acuerda la solicitud efectuada por la abogada YEXAMIN OVIEDO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 178.354 y ordena la notificación de las partes para que tenga lugar el acto de la audiencia preliminar, a las diez y treinta de la mañana (10:30 am), del décimo (10.mo) día de despacho siguiente, una vez consten en autos la ultima de las notificaciones que en tal sentido se ordenan librar, de conformidad con lo establecido en el artículo 57 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. Líbrense oficios y boleta de notificación con trascripción del presente auto.
LA JUEZ,


MARIA TOLEDO DE SANTIAGO
LA SECRETARIA,


BELITZA MARCANO





En esta misma fecha se libraron oficios Nos. TS8CA/0053, TS8CA/0054 y TS8CA/0055 dirigidos a los ciudadanos Procurador General de la República, Presidente del Instituto Socialista de la Pesca y Acuicultura (INSOPESCA) y Ministro del Poder Popular de Pesca y Acuicultura, así como boleta de notificación dirigida a la ciudadana GLORIA NEMER NAIM.
LA SECRETARIA,


BELITZA MARCANO

Exp. No. 1971
MTdeS/BM/rjpd