REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PÁEZ Y ARAURE DEL SEGUNDO CIRCUITO.
TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PAEZ Y ARAURE DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
Acarigua, 18 de enero de 2.018.
Año: 207° y 158°
Vista la diligencia suscrita por el ciudadano ALEXANDER GOMEZ SUAREZ, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-14.980.735, parte solicitante, debidamente asistido por la abogada Lesver Rodríguez, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 132.715, mediante la cual desiste de la notificación solicitada todo en vista que la ciudadana Diana Yurley Caceres Blanco, titular de la cédula de identidad N° 20.486.345, persona a la cual se realizaría la presente notificación, por voluntad propia le hizo entrega del local comercial libre de personas y cosas. Al efecto este Tribunal visto el desistimiento presentado por la parte solicitante Imparte su Homologación, de conformidad con los artículos 263 y 265 del Código de Procedimiento Civil y se ordena el archivo del expediente una vez vencido el lapso de ley.
La Juez,
Abg. Miriam Sofía Durand Sánchez.
La Secretaria,
Abg. Aura Rangel Romano.
MSDS/Paola.
Solicitud: Nº S-515-2017.