REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Duodécimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, doce de enero de dos mil dieciocho
207º y 158º
ASUNTO : AP31-S-2017-007755
SOLICITANTE: SONIA MARIBEL MARTINEZ GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 3.971.271.
ABOGADOS ASISTENTE: EURO ISRAEL ESCALANO ALVAREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 152.199
MOTIVO: RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO
SENTENCIA DEFINITIVA.
I
ANTECEDENTES
Mediante escrito presentado en fecha 14/12/2017, compareció el Abogado EURO ISRAEL ESCALONA ALVAREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 152.199,actuando en su carácter de apoderados judicial de la ciudadana SONIA MARIBEL MARTINEZ GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.- 19.671.478 en la cual solicitó la Rectificación de Acta de Nacimiento de su hijo de la ciudadana SONIA MARIBEL MARTINEZ que tiene por nombre HECTOR JAVIER ROJAS MARTINEZ que por error involuntario anotaron el primer nombre de su madre de forma errónea, supra identificada, por presentar esta un error material, alegando que según Partida de Nacimiento Nº 895 del año 1991 expedida por la Jefatura Civil de la Parroquia Caricuao, del Municipio Libertador del Distrito Capital, en la cual al momento de colocar en nombre de la madre “ ZONIA MARIBEL MARTINEZ GONZALEZ” siendo lo correcto “ SONIA MARIBEL MARTINEZ GONZALEZ”,
En tal virtud, observa esta Juzgadora que la parte solicitante para los efectos probatorios acompañó a la presente solicitud, Copia simple de la partida de nacimiento del ciudadano HECTOR JAVIER ROJAS MARTINEZ, según Partida de Nacimiento Nº 895 del año 1991 expedida por la Jefatura Civil de la Parroquia Caricuao, del Municipio Libertador del Distrito Capital. Partida de Nacimiento de Sonia Maribel expedida por el Parroquia San Juan del Municipio Libertador
Este Tribunal en atención a lo previsto en el artículo 3 de la Resolución 2009-0006 de fecha 18 de Marzo de 2009, dictada por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nro. 39152 de fecha 02 de Abril de 2009, probado como ha sido lo alegado y visto que los errores señalados no ameritan la tramitación de un juicio ordinario de rectificación; se procede a tramitarlo sumariamente.
Este Juzgado administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Rectificación de la Partida de Nacimiento Acta 895, la cual corre inserta en los libros de la Parroquia Caricuao, del Municipio Libertador del Distrito Capital, consignada al efecto.
En consecuencia, donde dice y se lee en el Acta Nº 895: hijo de "… ZONIA MARIBEL MARTINEZ GONZALEZ", debe decir y leerse: “… SONIA MARIBEL MARTINEZ GONZALEZ…” quedando así rectificada el ACTA DE NACIMIENTO antes señalada
En tal virtud, remítase copia certificada de la solicitud y de la presente decisión mediante oficio tanto a la Oficina de Registro Civil de la Parroquia San Juan, del Municipio Libertador del Distrito Capital así como el llevado por el Registro Principal del Distrito Capital, Consejo Nacional Electoral, para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 774 del Código de Procedimiento Civil. Elabórense las copias certificadas acordadas, a tenor de lo que establece el artículo 112 ibidem, una vez consten en autos los fotostatos requeridos para su elaboración. Líbrense Oficios. Cúmplase.-
LA JUEZ
ABG. ANABEL GONZÁLEZ GONZÁLEZ
SECRETARIA ACC
LIGIA ELENA ELIAS A
AGG/LEEA/BELLA
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