REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL VIGÉSIMO SÉPTIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
TRIBUNAL VIGÉSIMO SÉPTIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, 19 de enero de 2018.
207° y 158°
Vista la solicitud de Declaración de Únicos y Universales Herederos; así como las testimoniales promovidas y evacuadas al efecto, este Tribunal Vigésimo Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, sin perjuicio de terceros de igual o mejor Derecho, y de conformidad con lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara Únicos y Universales Herederos, a favor de los ciudadanos GISELA MÉNDEZ de PEÑALOZA, ANA CRISTINA MÉNDEZ de QUINTERO, HELENA MÉNDEZ de MENESES, MORELLA MÉNDEZ MARCANO, OLGA MÉNDEZ de AGGIERNI y RAFAEL MÉNDEZ MARCANO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 4.772.563, V-4.081.112, V- 5.532.565, V- 6.559.717, V- 4.081.111 y V- 4.081.109, respectivamente, causahabiente del ciudadano RAFAEL LUÍS MÉNDEZ AROCHA, en vida titular de la cédula de identidad Nº V-10.617, fallecido ab-intestato, en fecha nueve (09) de abril de mil novecientos noventa y siete (1.997). Entréguense las presentes actuaciones a la parte interesada, a los fines legales pertinentes.- Cúmplase.
La Juez,
Caribay Gauna
El Secretario
Arturo Robles
Exp. AP31-S-2017-006286
CG/AR/JD.-