REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL VIGÉSIMO SÉPTIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL VIGÉSIMO SÉPTIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, 23 de enero de 2018.
207° y 158°

Vista la solicitud de Declaración de Únicos y Universales Herederos; así como las testimoniales promovidas y evacuadas al efecto, este Tribunal Vigésimo Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, sin perjuicio de terceros de igual o mejor Derecho, y de conformidad con lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara Único y Universal Heredero, a favor del ciudadano MANUEL ANTONIO ARELLANO PARRA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V- 931.414, causahabiente del ciudadano MANUEL EDUARDO ARELLANO TORRES, en vida titular de la cédula de identidad Nº V- 3.970.001, fallecido ab-intestato, en fecha cinco (05) de septiembre de dos mil diecisiete (2017). Entréguense las presentes actuaciones a la parte interesada, a los fines legales pertinentes.- Cúmplase.
La Juez,

Caribay Gauna
El Secretario

Arturo Robles
Exp. AP31-S-2017-006608
CG/AR/JD.-