ACTA
ASUNTO: AP21-L-2017-000921
PARTE ACTORA: JHON RAFAEL ROMERO GARCÍA
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: JOSÉ QUINTERO
PARTE DEMANDADA: SISTEMA URBANO DE PROCESAMIENTO, RECOLECCIÓN Y ASEO DE CARACAS (SUPRA CARACAS, C.A.)
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: MARCEL ZEPPENFELDT
MOTIVO: REENGANCHE Y PAGOS DE SALARIOS CAÍDOS

En el día de hoy, lunes diecinueve (19) de febrero de 2018, siendo las 11:30 a.m., oportunidad para llevar a cabo la prolongación de la Audiencia Preliminar en el presente asunto, se deja constancia de la comparecencia a este acto del ciudadano JHON RAFAEL ROMERO GARCÍA, titular de la cédula de identidad N° 17.302.006, debidamente representado por el abogado JOSÉ QUINTERO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo el N° 123.459, y el abogado MARCEL ZEPPENFELDT, inscrito en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo el N° 30.394, en su carácter de apoderado judicial de la demandada, dándose inicio a la Audiencia. En este estado toma la palabra la parte actora, debidamente representada y expone: Desisto en este acto del presente procedimiento por el indubitable acuerdo administrativo en acatar la providencia administrativa dictada en fecha 06 de diciembre de 2017, que acordó el reenganche, pago de los salarios caídos y demás conceptos, es todo. Ene este estado toma la palabra el apoderado judicial de la empresa demandada y expone: Acepto el desistimiento realizado en este acto por la parte actora, en virtud de que mi representada dio cumplimiento a la providencia dictada en vía administrativa, es todo. Este Juzgado, vistas las exposiciones que anteceden, la de la parte actora de desistir del procedimiento y la de la parte demandada de aceptarlo, en virtud del acatamiento a la Providencia; homologa el desistimiento realizado en este acto por la parte actora, en virtud de que el mismo no vulnera derechos irrenunciables ni normas de orden público, dándole efecto de cosa juzgada. Se deja constancia que se le hace entrega a las partes de las pruebas promovidas al inicio de la Audiencia Preliminar.
LA JUEZ

NEREIDA HERNÁNDEZ GONZÁLEZ

LA SECRETARIA

NAKARY PÉREZ