ACTA

N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2018-000082
PARTE ACTORA: RICHARD JOSE SERRANO RIOS
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA:
PARTE DEMANDADA: GE BETZ VENEZUELA S.C.S.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA:
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES

En el día hábil de hoy, veinte (20) de febrero de dos mil dieciocho (2018), siendo las 9:00 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio,; se deja expresa constancia que ninguna de las partes comparecieron a la realización de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Duodécimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 159 ° y 207 °.

El Juez



Abg. Neyireé Toledo



º La Secretaria
Abg. Josefa Mantilla