ACTA
ASUNTO: AP21-L-2017-001082
PARTE ACTORA: MARIA LUCINDA OROSCO
PARTE DEMANDADA: CORPORACION NACIONAL DE ALIMENTO ESCOLAR C.N.A.E. S.A.
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES
En el día de hoy, 7 de febrero de 2018 siendo las 10:00 am día y hora para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, se deja constancia de la incomparecencia de ambas partes; por lo que este Juzgado Duodécimo de Primera Instancia de Sustanciación, mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara desistido el procedimiento. Publíquese, Regístrese y déjese copia.
La juez
Abg. Neyireé Toledo
La Secretaria
Abg, Josefa Mantilla