REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL VIGÉSIMO SÉPTIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL VIGÉSIMO SÉPTIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, 22 de febrero de 2018.
207° y 158°
Vista la solicitud de Declaración de Únicos y Universales Herederos; así como las testimoniales promovidas y evacuadas al efecto, este Tribunal Vigésimo Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, sin perjuicio de terceros de igual o mejor Derecho, y de conformidad con lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara Única y Universal Heredera, a favor de la ciudadana YOLIMAR NAHIBI CARMONA RAMOS, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-18.941.345., respectivamente, causahabiente del ciudadano REINALDO JOSÉ CARMONA CEDEÑO, en vida titular de la cédula de identidad Nº V-6.083.986, fallecido ab-intestato, en fecha veintinueve (29) de diciembre de dos mil diecisiete (2017). Entréguense las presentes actuaciones a la parte interesada, a los fines legales pertinentes.- Cúmplase.
La Juez,
Caribay Gauna
El Secretario
Arturo Robles
Exp. AP31-S-2018-000169
CG/AR/JD.-