REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, trece de julio de dos mil dieciocho
208º y 159º
ASUNTO : AP31-S-2016-010160
SOLICITANTES: CAROLINA MOGOLLÓN SÁNCHEZ y GERMÁN ORLANDO MONCADA MELÉNDEZ, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nos. V-10.377.262 y V-10.759.525, respectivamente.
MOTIVO: CONVERSIÓN DE SEPARACIÓN DE CUERPOS EN DIVORCIO
Mediante sentencia dictada el 07 de diciembre de 2016, este Tribunal decretó la SEPARACIÓN DE CUERPOS de los ciudadanos CAROLINA MOGOLLÓN SÁNCHEZ y GERMÁN ORLANDO MONCADA MELÉNDEZ, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nos. V-10.377.262 y V-10.759.525,, respectivamente, quienes contrajeron matrimonio civil el día 13 de diciembre del año 2013, por ante el Registro Civil del Municipio Baruta del Estado Bolivariano de Miranda, tal como se evidencia en el Libro Nº: 3, acta No. 672, correspondiente al año 2013, separación que se acordó conforme éstos lo solicitaron en el escrito presentado en fecha 02 de diciembre de 2016, todo de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 189 del Código Civil.
El 28 de mayo de 2018, la ciudadana CAROLINA MOGOLLÓN SÁNCHEZ, debidamente asistida por la abogada Mindi De Oliveira, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 97.907, solicitó la conversión en divorcio.
El 6 de junio de 2018, este Tribunal, vista la diligencia presentada por la ciudadana antes identificada, instó a que se suministrara la dirección donde se pueda localizar y notificar al ciudadano GERMÁN ORLANDO MONCADA MELÉNDEZ.
El 15 de junio de 2018, la abogada Mindi De Oliveira, antes identificada, actuando en su condición de apoderada judicial de la ciudadana CAROLINA MOGOLLÓN SÁNCHEZ, solicitó que la notificación del ciudadano GERMÁN ORLANDO MONCADA MELÉNDEZ sea practicada en la cartelera del tribunal.
El 04 de julio de 2018, mediante diligencia presentada por el ciudadano GERMÁN ORLANDO MONCADA MELÉNDEZ, arriba identificado, solicitó la conversión en divorcio.
I
ÚNICO
Este Tribunal, luego de la revisión efectuada a las actas que conforman el expediente, constata que, efectivamente, ha transcurrido más de un (1) año de haberse declarado la separación de cuerpos; período durante el cual no ocurrió entre ellos la reconciliación y siendo éste el supuesto previsto en el primer aparte del artículo 185 del Código Civil, resulta procedente la conversión en divorcio de la expresada separación de cuerpos. Así se declara.
Por las argumentaciones precedentemente expuestas, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de CONVERSIÓN DE SEPARACIÓN DE CUERPOS EN DIVORCIO, presentada por los ciudadanos CAROLINA MOGOLLÓN SÁNCHEZ y GERMÁN ORLANDO MONCADA MELÉNDEZ, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nos. V-10.377.262 y V-10.759.525, respectivamente, como consecuencia de ello, se declara DISUELTO el vinculo matrimonial que los une, contraído el día día 13 de diciembre del año 2013, por ante el Registro Civil del Municipio Baruta del Estado Bolivariano de Miranda, tal como se evidencia en el Libro Nº: 3, acta No. 672, correspondiente al año 2013, de los libros respectivos.
Publíquese, Regístrese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los trece (13) días del mes de julio de 2018.
EL JUEZ,
LEONARDO ENRIQUE JIMÉNEZ ISEA
LA SECRETARIA TEMPORAL,
DALIZ BERNAVI ÁLVAREZ
En el día de hoy, 13 de julio de 2018, siendo las 10:08 a.m., se registró y publicó la presente decisión.
LA SECRETARIA TEMPORAL,
DALIZ BERNAVI ÁLVAREZ
LEJI/DBA/GD.-
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