REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL VIGÉSIMO QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL VIGESIMO QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, 03 de julio de 2018
208º y 159°
Vista la anterior solicitud de DECLARACIÓN DE ÚNICOS y UNIVERSALES HEREDEROS, las Justificaciones promovidas y evacuadas al efecto, y de conformidad con lo previsto en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal Declara ÚNICA y UNIVERSAL HEREDERA a favor de la ciudadana SONIA YOLANDA AVELEDO DE ROJAS, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-2.138.637 causahabientes del De-Cujus ANGEL RAMÓN ROJAS, quien en vida fue venezolano y titular de la cédula de identidad Nº V-1.872.092, en fecha 31 de julio del 2017, en el Municipio Mariño del Estado Nueva Esparta.
Expídanse por secretaría copias certificadas de la presente solicitud y entréguese a la parte interesada de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, una vez sean consignados por la solicitante los fotostátos correspondientes.
Devuélvanse las presentes actuaciones a la parte interesada a los fines legales consiguientes, previa anotación en el Libro Diario llevado en este Tribunal. Cúmplase.
LA JUEZ,
ABG. ENEIDA TORREALBA.
EL SECRETARIO ACC.,
ABG. JERSON BARAJAS.
S-2018-3787