REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL VIGÉSIMO QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL VIGESIMO QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, 06 de julio de 2018
207° y 159°


Visto el escrito que encabeza las presentes actuaciones, la documentación acompañada y las justificaciones evacuadas al efecto, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, y conforme con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara TITULO SUPLETORIO sobre las bienhechurías a que se contrae la presente solicitud, a favor de la SOCIEDAD BENEFICO-CULTURAL “THOMAS” inscrita en la Oficina Subalterna del Registro Público del Primer Circuito del Municipio Libertador del Distrito Capital, el 07 de abril de 1964, bajo el Nro 2, tomo Nro 7, protocolo Nro 1, estatutos sociales inscritos en el mismo Registro y en la misma fecha, agregados bajo el Nro 1, folios del 4 al 5, del 2do trimestre del año 1964, así se decide.
Expídanse por secretaría copias certificadas de la presente solicitud y entréguese a la parte interesada de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, una vez sean consignados los fotostatos correspondientes.
Devuélvanse las presentes actuaciones a la parte interesada a los fines legales consiguientes, previa anotación en el Libro Diario llevado en este Tribunal. Cúmplase.-
LA JUEZ,
LA SECRETARIA TITULAR
ABG. ENEIDA TORREALBA.

ABG. THAIS PINO



S-2018-2534