REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, trece (13) de junio de dos mil dieciocho (2018)
208º y 159º
ASUNTO: AP21-L-2018-000078
Vistas las diligencias de fecha 06 y 12 de junio de 2018, presentadas por la abogada JOHANA DE LA ROSA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 69.655, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, mediante las cuales apela formalmente del auto publicado en fecha 05 de junio de 2018, mediante el cual negó la homologación de la transacción suscritas por las partes en fecha 30 de mayo de 2018, y desiste formalmente del recurso de apelación interpuesto, solicita la devolución de las pruebas promovidas en la audiencia preliminar y se ordene el cierre y archivo definitivo del expediente; en consecuencia, este Juzgado visto el desistimiento realizado por la representación judicial de la parte demandada, y que el mismo no vulnera derechos irrenunciables, ni normas de orden público lo homologa, dándole efecto de cosa juzgada. En cuanto a la solicitud de devolución de pruebas y cierre y archivo definitivo del expediente, este Juzgado se pronunciará por auto separado en la pieza principal. Se ordena el cierre del presente recurso.
LA JUEZ
NEREIDA HERNÁNDEZ GONZÁLEZ
LA SECRETARIA
NAKARY PÉREZ
En la misma fecha se dictó, publicó y diarizó la presente decisión.
LA SECRETARIA
NAKARY PÉREZ
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