Estando en la fase de consulta obligatoria ante la Sala Político administrativa del Tribunal Supremo de Justicia la CALIFICACIÓN DE DESPIDO incoada por la ciudadana EVA MONTIEL, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 25.426.240, en fecha 31 de octubre de 2016, es consignado por ante la Unidad de Recepción y Distribución (URDD), interpuesto pos la ciudadana EVA MONTIEL, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 25. 423.240, debidamente asistida por el ciudadano DOMINGO TARIMUSA, abogado en ejercicio debidamente inscrito por ante el Instituto de Previsión Social del Abogado Nro. 222.446, conjuntamente con el abogado MARCOS LOVERA, inscrito por ante el Instituto de Previsión Social del Abogado Nro. 217.409, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, escrito transaccional mediante el cual la parte demandada le ofrece cancelar a la parte actora la cantidad de noventa y cuatro mil seiscientos cincuenta y cinco mil con ochenta y cinco céntimos (94.655,85), mediante cheque Nro. 16014403, de fecha 03 de noviembre de 2016, girado contra el Banco Mercantil a favor de la ciudadana EVA MONTIEL, del cual consigan copia.

En consecuencia, esta Juzgadora, pasa a dejar constancia del pago realizado.

Dada, firmada y sellada en la sede del Juzgado Vigésimo Tercero (23°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, a los quince (15) días del mes de marzo de dos mil dieciocho (2018). Año 207º de la Independencia y 158º de la Federación. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISIÓN Y DEJESE COPIA.



La Juez


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Abg. Yasneydi Rivas

La Secretaria

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Abg. Leslie Diaz