REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DÉCIMO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO, BANCARIO Y MARÍTIMO CON SEDE EN LA CIUDAD
DE CARACAS.-
Caracas, 13 de marzo de 2018
Años: 207º y 159

Abocado al conocimiento de la presente causa y visto el escrito libelar de fecha veinte y seis (26) de febrero de dos mil diez y ocho (2018) presentado por el ciudadano José María De Oliveira Valente, plenamente identificado, en donde solicita medida cautelar innominada referida a que el ciudadano José María De Oliveira Valente siga en posesión del lote terreno en conflicto junto con los semovientes, bienes y sembradíos que se encuentren en el inmueble y se le ordene a la parte demandada, que se abstenga bien sea ella, sus trabajadores o representantes legales de realizar cualquier tipo de acción que pueda perturbar la señalada posesión del solicitante, el tribunal al advertir que no existe en autos un medio de prueba que haga presumir la condición de poseedor que relata la parte actora en su libelo, ni perturbación alguna que sea provocada, al menos hasta esta oportunidad, por consecuencia de catos de la parte actora, considera que no se encuentra lleno el requisito indispensable para proceder a analizar su decreto cual es el requisito del peligro en el daño. Adicionalmente tampoco acompaño el solicitante un medio de prueba que haga presumir que pueda quedar ilusoria la ejecución del fallo toda vez que del análisis meramente cautelar de las instrumentales acompañadas al escrito libelar nada se desprende acerca del uso o posesión que se le hubiere otorgado a a la parte actora de la propiedad en conflicto por este procedimiento judicial, todo por lo cual tampoco se aprecia llenos los requisitos de presunción de buen derecho ni peligros de quede ilusoria la ejecución del fallo todo vinculado exclusivamente a la medida solicitada. Por todo lo antes expuesto este tribunal se ve forzado a negar la medida cautelar innominada solicitada, y así se decide. Es todo.-
EL JUEZ


MARCOS DE ARMAS ARQUETA
LA SECRETARIA

ELIZABETH DA SILVATABARES
MDAA/edst/amd.
Expediente Nº. 2018-000734 (AP11-V-2018-000194)
Cuaderno de Medidas Pieza Nº1