REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DÉCIMO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO, BANCARIO Y MARÍTIMO CON SEDE EN LA CIUDAD
DE CARACAS.-
Caracas, 13 de marzo de 2018
Años: 207º y 159º
Estando dentro de la oportunidad procesal para pronunciarse sobre la admisibilidad de la presente demanda el Tribunal advierte que se trata de una acción por inquisición de paternidad con fundamento en el fallecimiento del ciudadano Domingo Alberto Pabón Rosales, de quien se señala por el acta del defunción acompañada al escrito libelar marcada “A” que falleció en la ciudad de San Cristóbal, estado Táchira y es ese mismo estado Táchira, de acuerdo en lo evidenciado por el documento marcado “E” donde se encuentran los bienes del caudal hereditario dejado por el de cujus. En este mismo orden de ideas se observan que nueve (9) de los diez (10) codemandados se señala que se encuentran residenciados en el estado Táchira, todo por lo cual este Tribunal considera, en función del principio de la tutela judicial efectiva, que es incompetente por el territorio para conocer la presente demanda por cuanto debe conocerla un Tribunal de la Circunscripción judicial del estado Táchira, por lo tanto, y por aplicación de lo establecido en los artículos 40 del Código de procedimiento Civil y por aplicación analógica del artículo 42 ejusdem y en función de que las medidas preventivas que se solicitan se pretende que recaigan en bienes inmuebles que se encuentran en el estado Táchira, cuales son los determinados por la administración pertenecientes, como se dijo, al caudal hereditario dejado por el de cujus, este Tribunal administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley se DECLARA INCOMPETENTE EN RAZON DEL TERRITORIO, toda vez que el asunto que se ventila le corresponde conocerlo a un Tribunal con competencia en lo Civil del estado Táchira, por consiguiente se DECLINA LA COMPETENCIA y ORDENA remitir el expediente al Juzgado Distribuidor de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en la ciudad de San Cristóbal.
EL JUEZ
MARCOS DE ARMAS ARQUETA
LA SECRETARIA
ELIZABETH DA SILVA TABARES
MDAA/edst/jmm.
Expediente N° 2018-000737 (AP11-V-2018-000219)
Cuaderno Principal N° 1
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