REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DÉCIMO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO, BANCARIO Y MARÍTIMO CON SEDE EN LA CIUDAD DE CARACAS.
Caracas, 20 de marzo de 2018
Años: 207º y 159º

Vista la diligencia de fecha catorce (14) de marzo de dos mil dieciocho (2018) presentada por la abogado en ejercicio GLADYS RODRIGUEZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 198.698 en la que expuso:
“Desisto del presente procedimiento y con todo respeto solicito la devolución de los originales, los cuales rielan a los folios del nueve (9) al catorce (14) del presente expediente.”
Este Tribunal, por tener la abogado GLADYS RODRIGUEZ, la cualidad de ENDOSATARIO AL COBRO EN PROCURACIÓN, observada por lo transcrito en los vueltos de las letras de cambio que cursan en los folios nueve (9), diez (10), once (11), doce (12) trece (13) y catorce (14) del presente expediente, acuerda según lo solicitado y en consecuencia HOMOLOGA el desistimiento del procedimiento en el juicio que por COBRO DE BOLÍVARES, incoó el ciudadano ALETSEY ARNEL VELASCO COLMENARES, contra el ciudadano GIUSEPPE FANELLI LAFRONZA identificado en autos.
Con relación a la solicitud de la devolución de los originales este Tribunal ordena a la parte consignar las copias de dichos folios para que las mismas sean certificadas y anexadas al expediente. Es todo.-
EL JUEZ

MARCOS DE ARMAS ARQUETA
LA SECRETARIA

ELIZABETH DA SILVA TABARES


MDAA/edst/oam. -
Expediente Nº 2018-000736 (AP11-M-2018-000016)
Pieza Nº. 01 del Cuaderno Principal