REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DÉCIMO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas 07 de mayo de 2018
Años 208° y 159°
ASUNTO: AP21-L-2017-001618
PARTE ACTORA: YONDER CASTILLO EREU, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V.- 17140380.
ABOGADO ASISTENTE: NATHALY ROJAS abogado en ejercicio, de este domicilio e inscrita en el INPREABOGADO bajo el n° 173533.
PARTE DEMANDADA: CERVECERÍA POLAR C.A., inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda en fecha 14.03.1941, bajo el n° 323, tomo I.
APODERADOS JUDICIALES DE LA DEMANDADA: ANDREA OCHOA, ANGEL MELENDEZ, MARÍA RACHADELL, MONICA CURIEL, ANADANIELLA SUCRE, GABRIELA MALDONADO, JOSÉ BLANCO, VICTOR ORELLANA, FRANCO DI MIELE RUSSO, ALFREDO PLANCHART, FABIANA IRAÑETA, ELDA CLÉRICO, FERNANDO SANQUÍRICO, JOSÉ CORBAN, DANIELIS TORO, GUILLERMO GIBBON y ARTURO RODRÍGUEZ, abogados en ejercicio, de este domicilio e inscritos en el INPREABOGADO bajo los números 196707, 111339, 59638, 74540, 100083, 112994, 162530, 164091, 171122, 167462, 222172, 222173, 210777, 239476, 219394, 246695 y 257252, respectivamente.
MOTIVO: COBRO DE DIFERENCIAS DE PRESTACIONES SOCIALES.
En fecha 03 de mayo de 2018, comparecen ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de este Circuito Judicial del Trabajo el ciudadano YONDER CASTILLO, parte actora en el presente juicio, debidamente asistido por la abogado NATHALY ROJAS, quienes consignan diligencia mediante la cual desiste de la demanda, revoca el poder otorgado al abogado Eduardo Mejías y solicita la notificación de la parte demandada.
Ahora bien, tenemos que el presente asunto se circunscribe a la demanda que por cobro de prestaciones sociales incoara el ciudadano Yonder Castillo, la cual ha sido admitida en fecha 09.10.2017 y una vez cumplidas las notificaciones le ley y la certificación de secretaría de conformidad con las previsiones del artículo 126 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, tuvo lugar la audiencia preliminar el día 07.11.2017 ante el Juzgado Décimo Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial del Trabajo. En fecha 14.12.2017 el mencionado Tribunal remite las actuaciones a los Juzgados de Juicio, correspondiendo por distribución el conocimiento de la causa a este Juzgado, el cual en fecha 18.01.2018 da por recibida la misma. En fecha 29.01.2018 procede a fijar la oportunidad para celebrar la audiencia de juicio y providenció las pruebas promovidas por las partes. En fecha 25 de abril de 2018, la Juez Karelia Latouche Alvarez se aboca al conocimiento de la presente.
Así mismo, efectuada la revisión de la diligencia descrita supra, entiende este Juzgado de Juicio que la parte actora procede a desistir voluntariamente del procedimiento instaurado por el ciudadano Yonder Castillo en contra de la empresa Cervecería Polar c.a., quien está a derecho en la presente causa, es por lo que Juzgado Décimo Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: ÚNICO: HOMOLOGADO el desistimiento presentado por la parte actora y se le otorga fuerza y carácter de COSA JUZGADA pasada en autoridad judicial.
Por aplicación analógica, de acuerdo a lo dispuesto en la norma del artículo 11 de Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en concordancia con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, se ordena dejar copia certificada de la presente decisión.
Se ordena la publicación de la presente sentencia en la página electrónica del Tribunal Supremo de Justicia en el sitio denominado Regiones Área Metropolitana de Caracas. http://caracas.tsj.gov.ve/. CÚMPLASE.
REGÍSTRESE, PUBLIQUESE Y DÉJESE COPIA.
Dada, firmada y sellada, en la sala del Despacho del Juzgado Décimo Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En Caracas, a los siete (07) días del mes de mayo del año dos mil dieciocho (2018). Años: 208° de la Independencia y 159° de la Federación.
LA JUEZ,
KARELIA LATOUCHE ALVAREZ
EL SECRETARIO
MARCIAL MECIA
En la misma fecha, 07.05.2018, en horas de despacho y previa las formalidades de ley, se registró y publicó la anterior decisión.
EL SECRETARIO
MARCIAL MECIA
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