REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




EN SU NOMBRE
EL JUZGADO SUPERIOR TERCERO EN LO CIVIL
MERCANTIL DEL TRANSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DELAREA METROPOLITANA DE CARACAS
Años 208º Y 158º

I
Conoce esta Alzada de la Inhibición planteada por la Dra. MARITZA BETANCOURT MORALES, Jueza del Juzgado Undécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, por encontrarse incurso en la causal 15º del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, en el juicio que por ACCION REIVINDICATORIA sigue la ciudadana NATALIA TOPORKOVA, en contra del ciudadano SIMON RODRIGUEZ CAMPINS.

El 16 de octubre de 2018, la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de los Tribunales Superiores en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de esta Circunscripción Judicial, asignó a esta Alzada el conocimiento y decisión de la presente incidencia, dándosele entrada en el libro de causas llevado por el Archivo de este Tribunal, luego de su revisión, en fecha 24-10-2018.

Mediante auto dictado el 26 de octubre de 2018, este Juzgado Superior le dio entrada al presente procedimiento incidental y se abocó a su conocimiento, fijando oportunidad a los fines pronunciamiento en relación con la inhibición planteada.

Cursa en autos acta de Inhibición, fechada 27 de septiembre de 2018, en la cual la Juez expone:

“…Cursa ante este Despacho asunto signado bajo el No. AP11-V-2017-000621, contentivo del juicio que por motivo ACCION REIVINDICATORIA, sigue la ciudadana NATALIA TOPORKOVA, contra el ciudadano SIMON RODRIGUEZ CAMPINS, en el cual la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, casó y anulo el fallo recurrido dictado por el Juzgado Superior Quinto en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 20 de noviembre de 2017, y ordenó reponer la causa al estado de que el Juez de Primera Instancia que resulte competente, admita la demanda, y, en virtud de que he emitido opinión de merito con respecto al presente juicio y con fundamento en estos hechos, es mi deber como Juez de este Tribunal, Inhibirme conforme a lo preceptuado en el articulo 82 ordinal 15° del Código de Procedimiento Civil. Razón por la cual, me INHIBO de conocer la presente causa”…

II

Sobre las Recusaciones e Inhibiciones de los funcionarios judiciales nuestra Ley Adjetiva Civil consagra
en su artículo 82 Ordinal 15º lo siguiente:

“Por haber el recusado manifestado su opinión sobre lo principal del pleito o sobre la incidencia pendiente, antes de la sentencia correspondiente, siempre que el recusado sea el Juez de la causa”.

Ahora bien, conforme a las transcripciones que anteceden, y lo esgrimido por la Inhibida, quien se fundamenta en la citada norma, considera este Sentenciador que habiendo emitido opinión la Juez de Primera Instancia en el presente juicio, confesión que emana de la propia Juez inhibida, en el sentido de expresar clara e indubitamente su situación de orden subjetivo respecto de la imparcialidad y el buen ánimo que debe imperar en el fuero interno del Juez, a objeto de que la decisión que al final del proceso deba proferirse no se encuentre influida por otras consideraciones que no sean las razones objetivas de aplicación e interpretación del Derecho al caso concreto, es la forma correcta en que debe actuar todo Juez.

En tal sentido, para este Órgano Jurisdiccional, el hecho de que la propia Juez haya manifestado su indisposición subjetiva de seguir conociendo la causa contenida en el juicio de ACCIÓN REIVINDICATORIA seguido por la ciudadana NATALIA TOPORKOVA, en contra del ciudadano SIMÓN RODRÍGUEZ CAMPINS, por cuanto la base de sustentación en que se apoya es la de haber emitido opinión, son motivos suficientes para que en aras de una administración de justicia transparente y apegada a las normas del Derecho, no influenciada por animadversiones o contratiempos personales, lo cual hace procedente la Inhibición propuesta por la Dra. MARITZA BETANCOURT MORALES, Juez Undécima de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, con base en el ordinal 15° del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil.
III
Por las motivaciones precedentes, este Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Inhibición planteada por la Dra. MARITZA BETANCOURT MORALES, Jueza del Juzgado Undécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el juicio que por ACCION REIVINDICATORIA sigue la ciudadana NATALIA TOPORKOVA en contra del ciudadano SIMON RODRIGUEZ CAMPINS.

Publíquese, regístrese la presente decisión y en su oportunidad legal remítase oficio junto con las resultas de la incidencia al Juzgado Superior Noveno en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en Caracas, treinta y un (31) días del mes de octubre de dos Mil dieciocho (2018).-

EL JUEZ,

Dr. ALEXIS JOSÉ CABRERA ESPINOZA LA SECRETARIA Temp,

Abg. MARIA C. SALAZAR V.
En esta misma fecha, previo el anuncio de Ley, se publicó y registró la anterior decisión siendo las doce del mediodía (12:00 m.).
LA SECRETARIA Temp,

Abg. MARIA C. SALAZAR V.



EXP.NºAP71-X-2018-000077(11483)
AJCE/MCSV/jorman/