AP31-S-2016-006946

SOLICITANTES:
Ciudadano JUAN CARLOS VICENT GONZALEZ y MIREYA FERNANDEZ SILVA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos. V-15.836.641 y V-6.154.331, respectivamente.

MOTIVO:
CONVERSIÓN DE SEPARACIÓN DE CUERPOS EN DIVORCIO

Mediante sentencia dictada el 11 de agosto de 2016, este Tribunal decretó la SEPARACIÓN DE CUERPOS de los ciudadanos JUAN CARLOS VICENT GONZALEZ y MIREYA FERNANDEZ SILVA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos. V-15.836.641 y V-6.154.331, respectivamente, quienes contrajeron matrimonio civil el día 07 de agosto de 2003, por ante el Juzgado 11 de Municipio de la de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, tal como se evidencia en acta Nº 36 correspondiente al año 2003, separación que se acordó conforme éstos lo solicitaron en el escrito presentado en fecha 09 de agosto de 2016, todo de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 189 del Código Civil.

El 09 de agosto de 2016, JUAN CARLOS VICENT GONZALEZ y MIREYA FERNANDEZ SILVA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos. V-15.836.641 y V-6.154.331, respectivamente, asistidos por el abogado Edgar Angulo, inscrito en el Inpreabogado bajo el número: 25.622, mediante la cual solicitaron la conversión en divorcio.

I
ÚNICO
Este Tribunal, luego de la revisión efectuada a las actas que conforman el expediente, constata que, efectivamente, ha transcurrido más de un (1) año de haberse declarado la separación de cuerpos; período durante el cual no ocurrió entre ellos la reconciliación y siendo éste el supuesto previsto en el primer aparte del artículo 185 del Código Civil, resulta procedente la conversión en divorcio de la expresada separación de cuerpos. Así se declara.

Por las argumentaciones precedentemente expuestas, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de CONVERSIÓN DE SEPARACIÓN DE CUERPOS EN DIVORCIO, presentada por los ciudadanos JUAN CARLOS VICENT GONZALEZ y MIREYA FERNANDEZ SILVA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos. V-15.836.641 y V-6.154.331, respectivamente, como consecuencia de ello, se declara DISUELTO el vinculo matrimonial que los une, contraído el día 07 de agosto de 2003, por ante el Juzgado 11 de Municipio de la de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, tal como se evidencia en acta Nº 36 correspondiente al año 2003, de los libros respectivos.

PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA.

Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los 31 de octubre de 2018.
LA JUEZ,

Abg. CAROLINA SISO ROJAS
LA SECRETARIA,

ABG. GABRIELA CENTENO
En el día de hoy, 31 de octubre de 2018, siendo las doce del medio día a.m., se registró y publicó la presente decisión.

LA SECRETARIA,

ABG. GABRIELA CENTENO