REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TRIGÉSIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Trigésimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, Cinco (05) de Octubre de Dos Mil Dieciocho (2018)
208º y 159º
ASUNTO: AP31-S-2018-004842
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, y la justificación promovida y evacuada al efecto, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del De Cujus JULIO CESAR GARCIA LOPEZ, quien en vida fuera titular de la cédula de identidad Nº V-2.126.312, a su esposa, ciudadana ELIA TERESA MATOS DE GARCIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad nro. V-3.402.079, y a sus hijos, ciudadanos YNGRID ZENAIDA GARCIA DE ABREU, JULIO CESAR GARCIA MATOS, OSCAR RAMON GARCIA MATOS, MAURO ENRIQUE GARCIA MATOS, MARIA DUBRAISKA GARCIA MATOS y JUGREILI DEL CARMEN GARCIA GUEDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad nros. V-6.292.261, V-9.095.110, V-10.536.356, V-10.790.864, V-10.802.935 y V-15.965.715, respectivamente.
Se acuerda dejar copia certificada del presente decreto en el archivo de este Circuito Judicial, en atención a lo previsto en el artículo 13 de la Resolución Nº 2012-0001 de fecha 11 de Abril de 2012, dictada por la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia. Devuélvase las presentes actuaciones en original a los interesados. Cúmplase.
LA JUEZA TITULAR,
DRA. MARIA CECILIA CONDE MONTEVERDE
LA SECRETARIA TITULAR,
ABG. ADRIANA EIGLYN PLANAS
MCCM/AEP/Tom*
DIARIZADO:
FECHA: 05-10-2018