ACTA

N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2019-000273

PARTE ACTORA: IGNACIO JOSE PEREZ LOMBARDO.
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: Abg. VIRGILIO AMADOR ALVAREZ.
PARTE DEMANDADA: BANCO OCCIDENTAL DE DESCUENTO BANCO UNIVERSAL C.A.
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: Abg. YEOSHUA BOGRAD y otros.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES y otros conceptos laborales.

En el día hábil de hoy, jueves cinco (05) de diciembre de 2019, siendo las nueve de la mañana (9:00 am), oportunidad para la celebración de la audiencia preliminar, compareció a la misma el abogado YEOSHUA BOGRAD, IPSA Número 196.656, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, tal y como se evidencia del instrumento poder que se anexa en este acto a la presente causa. Igualmente, se deja constancia de la incomparecencia de la parte actora, ni por sí ni por medio de apoderado judicial alguno; por lo que, revisadas las actas procesales y la estadía a derecho de las partes, de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se declara DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Así se establece.-

Con fundamento en lo anteriormente expuesto, este Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: ÚNICO: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 130 de la Ley Orgánica procesal del Trabajo.

Finalmente, una vez que transcurran los cinco (05) días hábiles siguientes al de hoy, correspondientes al recurso de apelación, sin que se ejerciera el mismo, este Juzgado ordenará la actualización de fase y estado del asunto, su archivo y cierre informático. Así se establece. Es todo, se leyó y conformen firman.

La Juez,


Abg. Eradis Genara Díaz Velásquez



Apoderado judicial de la parte demandada


El Secretario
. Abg. Adrián Guerrero G.