REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER CON COMPETENCIA DE REENVIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




EN SU NOMBRE
CORTE DE APELACIONES CON COMPETENCIA EN MATERIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER DE LA REGION CAPITAL
SEDE CONSTITUCIONAL
Caracas, 16 de julio de 2019
209° y 160°


PONENTA: Otilia D’ Caufman
CAUSA: CA-3613-19 VCM
DECISIÓN: 054-19

En atención a la acción de amparo constitucional interpuesto el 8 de julio de 2019 por el ciudadano Robinsón José Aranguren Maestre, titular de la cedula de identidad N° V-10.793.321 en su condición de imputado, asistido por la abogada Aura Salvatierra, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado, matricula N° 50.003, contra la presunta omisión de pronunciamiento por parte del Juzgado Quinto de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencia y Medidas con competencia en Materia de Delitos de Violencia contra la Mujer del Área Metropolitana de Caracas; esta Alzada conforme al articulo 17 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales y dado que el juez o jueza de amparo con fundamento en la Sentencia Nº 522/2000, dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia), puede dictar providencias de oficio y con ello solicitar la información que requiera para sustanciar la causa sometida a su consideración, siempre que contribuya al esclarecimiento de la situación jurídica denunciada como infringida; acuerda, solicitar mediante Oficio al Juzgado presuntamente agraviante, la información siguiente:1.-Fecha en la cual le fue distribuido el Asunto AP01-S-2018-0934 correspondiente a la causa MP-95614-14 seguida contra el ciudadano Robinsón José Aranguren Maestre, titular de la cedula de identidad N° V-10.793.321..2.- Relación procesal de la causa desde su ingreso hasta la actualidad. 3.- Razones por las cuales, ese órgano jurisdiccional presuntamente agraviante, no ha tramitado ante esta Superior Instancia, el recurso de apelación, a decir del accionante de fecha 08 de noviembre de 2018, contra la decisión de fecha 30 de octubre de 2018; y 4. En caso de existir la apelación de fecha 08 de noviembre de 2018, contra la decisión de fecha 30 de octubre de 2018, informar sobre el estado procesal actual en que se encuentra dicho el trámite. Regístrese y Cúmplase.
LA JUEZA Y LOS JUECES INTEGRANTES

FELIX ALEXIS CAMARGO LOPEZ
PRESIDENTE


OTILIA D’ CAUFMAN CARLOS JULIO SISO ORENCE
PONENTA

LA SECRETARIA


ARACELYS DEL VALLE AGUIRRE

Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.-

LA SECRETARIA


ARACELYS DEL VALLE AGUIRRE


CA-3613-19VCM
FACL/aa.