REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Décimo Octavo (18º) de Primera Instancia de
Sustanciación, Mediación y Ejecución del
Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veintitrés (23) de mayo de dos mil diecinueve (2019)
209º y 160º

ASUNTO: AP21-s-2016-001144

Por cuanto en fecha 26 de abril de 2019, fue acordada mi designación como Jueza Provisoria del Juzgado Décimo octavo (18ª) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial Laboral, por la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, según consta de oficio signado con el N° TSJ-CJ-0770-2019, en virtud de ello, me ABOCO al conocimiento de la presente causa.

Ahora bien, vista las diligencias de fecha 20 de noviembre 2017 y 06 de marzo de 2018, suscritas por la abogada MARIA ALARCON, I.P.S.A Nª 96452, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte oferente, entidad de trabajo BANCO DEL TESORO, C.A BANCO UNIVERSAL, mediante la cual desiste del presente procedimiento, a tal efecto, revisadas las facultades conferidas en el poder que acredita su representación, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO Y DA POR TERMINADO EL PROCEDIMIENTO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 160 ° y 209 °.

DIOS Y FEDERACIÓN

El Juez

Abg. Omaira Alejandra Uranga Bolívar