REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER CON COMPETENCIA DE REENVIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
PODER JUDICIAL
CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL CON COMPETENCIA EN
MATERIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER DE LA REGIÓN CAPITAL
EN SEDE CONSTITUCIONAL

Caracas, jueves 17 de octubre de 2019.
209° y 160°


Ponente: CARLOS JULIO SISO ORENCE.
Asunto: CA-3632-19 VCM.
Decisión:

Vista la interposición de amparo constitucional efectuada por las ciudadanas Yosmaira Finol Rocha y Annallieze Gallardo, Inpreabogados Nos. 174.457 y 157.545, respectivamente, quienes se abrogan la condición de defensoras privadas del ciudadano Yeisòn Gustavo Izaguirre Flores, cédula de identidad Nº V- 20.652.101, en la causa judicial Nº AP01-S-M-2019-000026; contra el Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencia y Medidas con Competencia en Materia de Delitos de Violencia contra la Mujer del Área Metropolitana de Caracas, por presuntamente no haber emitido respuesta con relación a unos escritos incoados ante ese Tribunal relacionados con solicitudes formales de otorgamiento de medida cautelar y de la declaratoria de la extemporaneidad de la acusación fiscal interpuesta por el Ministerio Público, situación esta que, de acuerdo a los accionantes, viola los artículos 26, 44, 49 y 50 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

Al respecto, con fundamento en el artículo 17 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales, y la Sentencia Vinculante Nº 522 / 2000, emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en la cual se dispone lo siguiente en relación a las potestades del Juez o la Jueza en sede constitucional, y establece que el mismo: “…puede solicitar la información que requiera para sustanciar la causa sometida a su consideración, siempre que contribuya al esclarecimiento de la situación jurídica denunciada como infringida, todo ello de conformidad con lo establecido en el articulo 17 eiusdem…”; esta Alzada acuerda solicitar mediante oficio y con carácter de urgencia, al Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencia y Medidas con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer del Área Metropolitana de Caracas, información sobre la relación procesal de la causa in comento, concerniente a:

1. Si ante dicho Tribunal de Primera Instancia cursa causa en contra del ciudadano Yeison Gustavo Izaguirre Flores, cédula de identidad Nº V- 20.652.101, y en el supuesto afirmativo, indicar el histórico y estado procesal de la misma.

2. Si fue interpuesto, por parte de la defensa privada, abogadas Finol Rocha y Annallieze Gallardo, solicitud de otorgamiento de medida cautelar sustitutiva a la privativa de libertad, así como solicitud de declataroria de extemporaneidad del escrito del acto conclusivo de la acusación fiscal, y en el supuesto afirmativo, remitir a esta Alzada, copia certificada del pronunciamiento dictado en razón a estas solicitudes.

Requerimiento que deberá ser cumplido dentro de los tres (03) días contados a partir de la notificación efectiva del Tribunal accionado. Regístrese, líbrese oficio y Cúmplase.-




LA JUEZA y LOS JUECES INTEGRANTES


FELIX ALEXIS CAMARGO LOPEZ
Juez Presidente


OTILIA D’ CAUFMAN CARLOS JULIO SISO ORENCE
Jueza Integrante Juez Ponente





LA SECRETARIA ACCIDENTAL


ANA CARRILLO

Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.-




LA SECRETARIA ACCIDENTAL


ANA CARRILLO

FACL/ODC/CJSO/aa.-
Asunto: AP01-O-2019-000008.
Asunto: CA-3632-19 VCM