: AP31-S-2019-005311
PARTE SOLICITANTE: DAYANA ALEJANDRA IWASAKI RATIS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 17.641.750.
ABOGADO ASISTENTE: INES BELISARIO, inscrita en el IPSA bajo el número 69.493.
MOTIVO: RECTIFICACIÓN DE ACTA DE DEFUNCIÓN
SENTENCIA: DEFINTIVA
I
NARRATIVA
Mediante escrito presentado en fecha 18 de octubre de 2019, por la ciudadana DAYANA ALEJANDRA IWASAKI RATIS, asistida por la abogada INES BELISARIO, identificados up-supra, mediante la cual pretende la Rectificación del Acta de Defunción de su difunta madre CARMEN ARIAS DE IWASAKI, cuya acta se encuentra inserta en los libros llevados por ante el Registro Civil de la Parroquia San Pedro, Municipio Libertador del Distrito Capital, bajo el No. 2011, de fecha 27 de noviembre de 2003, alegando que en dicha acta erróneamente se colocó el apellido de casada y el primer nombre de su hijo como “CARMEN ARIAS DE YWASAKI”, siendo lo correcto “CARMEN ARIAS DE IWASAKI” y “deja cinco hijos de nombres: YUMIKO, SHIEGO, EDGAR, JUANA, LUIS BELTRAN” siendo lo correcto “deja cinco hijos de nombres: YUMIKO, SHIGEO, EDGAR, JUANA, LUIS BELTRAN”.

II
MOTIVACIÓN PARA DICIDIR
Este Tribunal aprecia que la solicitante a los fines de probar sus respectivos alegatos consigna a los efectos probatorios los siguientes documentos:
1.- Copia certificada del acta de nacimiento de la ciudadana CARMEN ARIAS DE IWASAKI, emanada del Registro Civil de la Parroquia San Pedro, Municipio Libertador del Distrito Capital, bajo el No. 2011 de fecha 27 de noviembre de 2003.
2.- Copia simple de los datos filiatorios del ciudadano Shigeo Iwasaki Serizawa, emanada del Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjeria (SAIME).
3.- Copia de la cédula de identidad del ciudadano Shigeo Iwasaki Serizawa
4.- Copia simple del acta de nacimiento del ciudadano Shigeo Marcos Iwasaki Arias, emanada del Registro Civil de la Parroquia San Juan, Municipio Libertador del Distrito Capital.
5.- Copia de la cédula de identidad de la ciudadana Dayana Alejandra Iwasaki Ratis.
6.- Copia de la cédula de identidad del ciudadano Shigeo Marcos Iwasaki Arias.
Este Tribunal en atención a lo previsto en el artículo 3 de la Resolución 2009-0006 de fecha 18 de Marzo de 2009, dictada por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nro. 39152 de fecha 02 de Abril de 2009, probado como ha sido lo alegado y visto que no existe objeción a la presente solicitud por parte de emplazados, no de parte del representante del Ministerio Público, es por lo que resulta forzoso declarar con lugar la rectificación de Partida de De Defunción. Y ASI SE DECIDE EXPRESAMENTE.

III
DISPOSITIVA
Este Juzgado administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Rectificación del Acta de Defunción de fecha 27 DE NOVIEMBRE DE 2003, inserta bajo el N° 2011, de los Libros de Defunciones llevados por ante el Registro Civil de la Parroquia San Pedro, Municipio Libertador del Distrito Capital, así como el llevado por el Registro Principal del Distrito Capital, consignada al efecto. En consecuencia, donde dice: "CARMEN ARIAS DE YWASAKI", debe decir y leerse: "CARMEN ARIAS DE IWASAKI” y donde dice; “deja cinco hijos de nombres; YUMIKO, SHIEGO, EDGAR, JUANA, LUIS BELTRA”, debe decir y leerse: “deja cinco hijos de nombres; YUMIKO, SHIGEO, EDGAR, JUANA LUSI BELTRA”, quedando así rectificada el ACTA DE DEFUNCIÓN antes señalada.
En tal virtud, remítase copia certificada de la solicitud y de la presente decisión mediante oficio tanto al Registrador Civil de la Parroquia San Pedro, Municipio Libertador del Distrito Capital y al Registro Principal del Distrito Capital, para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 774 del Código de Procedimiento Civil y en concordancia con el artículo 502 del Código Civil.
Elabórense las copias certificadas acordadas, a tenor de lo que establece el artículo 112 ibidem, una vez consten en autos los fotostatos requeridos para su elaboración. Líbrense Oficios. Cúmplase.-
LA JUEZ
LA SECRETARIA,
ABG. ARLENE PADILLA
ABG. MARIA ELIZABETH NAVAS

AP/MEN/nelly