REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL TERCERO (3°) DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNCRIIPCION JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, jueves nueve (9) de enero de dos mil veinte (2020)
209º y 160º

ASUNTO: AP21-N-2017-000124

En la demanda de nulidad del acto contenido en la Providencia Administrativa signada bajo el número 385/2016 de fecha 25/11/2016 dictada por la Inspectoría del Trabajo Miranda Este del Área Metropolitana de Caracas, este Juzgado observa lo siguiente:

La representación judicial de la parte recurrente en el presente asunto presenta diligencias en fechas: 15/7/2019, 18/9/2019 y 18/12/2019 –de las cuales se ordenan agregar a los autos-, solicitando la reapertura del presente asunto y señalando que: “…el ciudadano RICHARD EDUARDO VILERA GARCIA, Beneficiario de la Providencia Administrativa cuya nulidad se solicita, RENUNCIO AL REENGANCHE a su sitio de trabajo, por haber demandado el pago de Prestaciones Sociales y demás acreencias laborales, según consta del expediente N° AP21-L-2017-001990, que por NOTORIEDAD JUDICIAL, se puede observar por el sistema JURIS 2000…” el Tribunal en consecuencia deja sin efecto el contendido del auto de fecha 8/4/2019 y visto lo manifestado por el recurrente imparte trámite de desistimiento en el presente asunto. Así se resuelve.


DECISIÓN

Por las motivaciones que anteceden, este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:

1°) HOMOLOGADO el desistimiento propuesto por la representación judicial recurrente en el presente asunto.

2°) No hay condenatoria en costas.

3°) Se deja constancia que el lapso para ejercer recursos en contra de la presente decisión comenzará a correr a partir del día de hoy, exclusive.

Publíquese y regístrese.

Dada, firmada y sellada en la sede del Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en la misma ciudad, el jueves nueve (9) de enero de dos mil veinte (2020). Año 209º de la Independencia y 160º de la Federación.
EL JUEZ


SANTOS MURATI ARREDONDO
LA SECRETARIA


VIANNERYS VARGAS
SMA/vv
ASUNTO: AP21-N-2017-000124
1 PZA.