ASUNTO : AP31-S-2019-006767
SOLICITANTE: ciudadana JOSEFA ELBA ZAMBRANO DE MENDOZA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad número V-6.022.417
ABOGADO DE LA SOLICITANTE: JOSE RODRIGUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 188.118.
MOTIVO: DECLARACION DE UNICOS y UNIVERSALES HEREDEROS
SENTENCIA: Interlocutoria con Fuerza de Definitiva.
Se inició la presente solicitud, mediante escrito presentado ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) del Circuito Judicial de los Tribunales de Municipio con sede en Los Cortijos de Lourdes, en fecha 16 de diciembre de 2019, correspondiendo el conocimiento de la misma a este Tribunal.
En fecha 08 de enero de 2020, este Tribunal dictó auto mediante el cual se le dio entrada a la presente solicitud de Únicos y Universales Herederos, y se instó a la interesada a consignar original del acta de defunción del causante, JOSE LUIS MENDOZA, en virtud de que la misma fue consignada en copia simple, igualmente se instó a consignar prueba fehaciente de la unión estable de hecho (tal como lo establece la Ley de Registro Civil Vigente), así como informar sobre los dos hijos que aparece en el acta de defunción del causante, dándole un lapso perentorio de 30 días continuos.
En este estado transcurrido en exceso como ha sido el lapso establecido por este Juzgado en fecha 08 de enero de 2020; a saber; 09; 10; 11; 12; 13; 14; 15; 16; 17; 18; 19; 20; 21; 22; 23; 24; 25; 26; 27; 28; 29; 30 y 31 de enero de 2020; a saber: 01; 02; 03; 04; 05; 06; 07; 08; 09, 10, 11 y 12 de febrero de 2020; para que la parte interesada consignara lo solicitado en el auto en referencia, en virtud de que los mismos son unos requisitos fundamentales para la tramitación de la Solicitud de Únicos y Universales Herederos, y visto que hasta la presente fecha no han comparecido por ante este Tribunal a consignar lo solicitado; es forzoso para este Juzgado declarar INADMISIBLE la presente solicitud.- Y ASÍ SE DECIDE.
LA JUEZA,
Dra. JENNY MERCEDES GONZÁLEZ FRANQUIS.
LA SECRETARIA,
Abg. IVONNE M. CONTRERAS R.
JMGF/IMCR/Edgar
Exp : AP31-S-2019-006767
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