ASUNTO: AP31-S-2020-000208
SOLICITANTE: ALEXSIE BERENICE RODRIGUEZ RUIZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad número V-2.993.047.
ABOGADA DE LA SOLICITANTE: CREENCIA MARGARITA SARABIA, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 57.558.
MOTIVO: TITULO SUPLETORIO
SENTENCIA: Interlocutoria con Fuerza de Definitiva.
I
ANTECEDENTES
Se inició la presente solicitud, mediante escrito presentado ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) del Circuito Judicial de los Tribunales de Municipio con sede en Los Cortijos de Lourdes, en fecha 21 de enero de 2020, correspondiendo el conocimiento de la misma a este Tribunal.
En fecha 23 de enero de 2020, este Tribunal dictó auto mediante el cual se le dio entrada a la presente solicitud de Titulo supletorio, y se instó a la interesada a aclarar en el escrito de solicitud, la incongruencia ya que el mismo describe el inmueble con dos plantas y en el oficio de titularidad del terreno, cursante al folio 3, señala que el inmueble está ubicado en un piso dos (2).
En este estado transcurrido en exceso como ha sido el lapso establecido por este Juzgado en fecha 23 de enero de 2020; a saber: 24; 25; 26; 27; 28; 29; 30; y 31 de enero; 01; 02; 03; 04; 05; 06; 07; 08; 09; 10; 11; 12; 13; 14; 15; 16; 17; 18; 19; 20; 21; 22; 23; 24; 25; 26; 27; 28; 29 de febrero; 01; 02; y 03 de Marzo de 2020, para que la parte interesada aclarara lo solicitado en el auto en referencia, en virtud de que los mismos son unos requisitos fundamentales para la tramitación de la Solicitud de Titulo supletorio, y visto que hasta la presente fecha no han comparecido por ante este Tribunal a consignar lo solicitado; es forzoso para este Juzgado declarar INADMISIBLE la presente solicitud.- Y ASÍ SE DECIDE.
LA JUEZA,

Dra. JENNY MERCEDES GONZÁLEZ FRANQUIS.
LA SECRETARIA,

Abg. IVONNE M. CONTRERAS R.

JMGF/IMCR/SESC.-