REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA
METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, veintidós (22) de Octubre de Dos Mil Veintiuno (2021)
211ºy162º
ASUNTO: AP71-R-2021-000214
PARTE SOLICITANTE: Abogados DANIEL SIMON ZAIBERT SIWKA y JULIETA RAMOS PRINCE, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 51.024 y 137.209, respectivamente, actuando en representación de la Sociedad Mercantil DISTRIBUIDORA DE CARNES DISCARSIL, C.A., inscrita ante el registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, el 01 de marzo de 1988, bajo el Nº 60 del Tomo 50-A SGDO., expediente número 240890, reformados sus estatutos sociales en Asamblea Celebrada el 31 de agosto de 2018, registrada el 19 de diciembre de 2018, anotada bajo el Nº 12 del Tomo 320-A SGDO.
MOTIVO: RECURSO DE HECHO.
-VII-
DE LA DECISIÓN
Por los razonamientos antes expuestos este Tribunal Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de hecho interpuesto el 07 de Octubre de 2021, por los abogados DANIEL SIMON ZAIBERT SIWKA y JULIETA RAMOS PRINCE, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 51.024 y 137.209, respectivamente, actuando en representación de la Sociedad Mercantil DISTRIBUIDORA DE CARNES DISCARSIL, C.A., ante la negativa de apelación ejercida contra la decisión de fecha 07 de septiembre de 2021 dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de esta Circunscripción Judicial.
SEGUNDO: SE ORDENA al Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de esta Circunscripción Judicial, dada la naturaleza de la tercería propuesta (adhesiva) proceda a oír en un solo efecto el recurso de apelación ejercido por los abogados DANIEL SIMON ZAIBERT SIWKA y JULIETA RAMOS PRINCE, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 51.024 y 137.209, respectivamente, actuando en representación de la Sociedad Mercantil DISTRIBUIDORA DE CARNES DISCARSIL, C.A., en fecha 30 de Septiembre de 2021.
TERCERO: Dada la naturaleza de esta decisión, no hay condenatoria en costas.
CUARTO: Notifíquese a las partes de la presente decisión, de conformidad con lo establecido en la Resolución 05-2020 de fecha 05 de octubre de 2020, emanada por la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, en concordancia con lo establecido en los artículos 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil y en atención a la sentencia Nº RC-000243 de la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, de fecha 09 de julio de 2021.
Remítase copia certificada mediante oficio de esta decisión al Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de esta Circunscripción Judicial, a los fines de ley. Envíese la dispositiva de la presente decisión al referido Juzgado.
Publíquese, regístrese, notifíquese déjese copia de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada, sellada y publicada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los Veintidós (22) días del mes de Octubre de 2021. Años: 211° de la Independencia y 162° de la Federación.
EL JUEZ,
LA SECRETARIA,
CARLOS E. ORTIZ F.
GABRIELA M. OVALLES VARANI
En esta misma fecha, siendo las 11:45 a.m., previo el cumplimiento de las formalidades de Ley, se publicó y registró la anterior sentencia, dejándose en la Unidad de Archivo la copia certificada a la cual hace referencia el artículo 248 de Código de Procedimiento Civil. Se libró boleta de notificación. Se libraron copias certificadas.
LA SECRETARIA,
GABRIELA M. OVALLES VARANI
CEOF/GMOV
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