Por las argumentaciones precedentemente expuestas, este Juzgado Vigésimo Segundo (22º) de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Conversión de la Separación Cuerpos y Bienes en Divorcio, presentada por los ciudadanos JOAQUIN ALBERTO SECADA PINTO Y KARLA ANDREINA RONDON PERCHE, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las Cédulas de Identidad Nº V-14.965.226 y V-16.247.283, respectivamente
SEGUNDO: DISUELTO el vínculo matrimonial que los unía, contraído por ellos en fecha 25 de noviembre de 2014, por ante el la Primera Autoridad Civil del Municipio Baruta del estado Miranda, según acta Nº 776, inserta en el Folio 4, de los Libros de Matrimonios llevados por ese despacho correspondiente al año 2014.
TERCERO: Líbrense sendos oficios de participación dirigidos al Registro del Municipio Baruta del estado Miranda y al Registrador Principal del Estado Miranda, conforme a lo previsto en los artículos 475 y 506 del Código Civil, anexándoles copias certificadas de la presente decisión y del auto de ejecución. Asimismo, dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 51 de la Resolución Nº 100623-0220 de fecha 23 de Junio de 2010, emitida por el Consejo Nacional Electoral (CNE) y publicada en la Gaceta Oficial No. 377.791 de fecha 08 de julio de 2010, ofíciese al Director de la Oficina Regional Electoral del Estado Miranda, notificándole lo conducente.
CUARTO: Dada la naturaleza del presente fallo, no hay especial condenatoria en costas.
Publíquese, Regístrese y déjese Copia de la presente decisión. Asimismo, se les hace saber a los solicitantes que el dispositivo de la presente sentencia, será publicado en la página: caracas.scc.org.ve.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Vigésimo Segundo (22º) de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, adscrito al Circuito Judicial de los Tribunales de Municipio Ordinarios y Ejecutores de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, con sede en los Cortijos de Lourdes, a los diecinueve (19) días del mes de Enero del año 2021. Años 211º de la Independencia y 162º de la Federación.
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