REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 1 de febrero de 2022
211º y 162º
ASUNTO: AH19-X-FALLAS-2019-000001
ASUNTO PRINCIPAL: AP11-V-FALLAS-2019-000003
Vista la solicitud efectuada mediante diligencia presentada digitalmente en fecha 13 de diciembre de 2021, en el asunto principal distinguido AP11-V-FALLAS-2019-000003, desde la cuenta frank.mariano@vrcabogados.com.ve y recibida en físico previa cita en fecha 20 de enero de 2022, por los abogados ENRIQUE SABAL y ALVARO PRADA, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo Ios Nos 37.716 Y 65.692, respectivamente, apoderados judiciales de la parte actora y de la codemandada INVERSIONES L.P.P.B.D., en el mismo orden enunciado, mediante la cual entre otras, solicitan el levantamiento de las medidas decretadas en la presente causa. Al respecto observa este Juzgado que consta en la pieza principal III del presente asunto distinguido AP11-V-FALLAS-2019-0000003, sentencia dictada por este Juzgado en esta misma fecha, mediante la cual se dio por consumado el desistimiento efectuado por la parte actora de conformidad con lo dispuesto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, es por lo que este Juzgado LEVANTA la MEDIDA CAUTELAR INNOMINADA decretada en fecha 23 de enero de 2020 y practicada por el Juzgado Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de esta misma Circunscripción Judicial en fecha 30 de enero de 2020; así como la ANOTACIÓN PREVENTIVA DE LA LITIS y la MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR decretadas en fecha 20 de marzo de 2019, debidamente participadas en fecha 22 de marzo de 2019, mediante Oficios Nos 108/2019 y 109/2019 dirigidos al Registro Público del Segundo Circuito del Municipio Baruta del Estado Miranda y al Registro Público del Primer Circuito del Municipio Sucre del Estado Miranda, respectivamente sobre los bienes inmuebles que se describen a continuación:
1. Inmueble constituido por un apartamento identificado con el número PB-A, que forma parte del Edificio La Peña, construido sobre un lote de terreno o parcela, ubicado en la Calle La Escuela, Sección La Peña de la Urbanización Las Mercedes, Jurisdicción del Municipio Baruta del Estado Miranda, el cual pertenece a la sociedad mercantil INVERSIONES CATERE C.A, inscrita en el Registro Mercantil Quinto de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, bajo el N° 79 Tomo 439A Qto, del 21 de julio de 2000, según documento protocolizado ante el Registro Público del Segundo Circuito del Municipio Baruta del Estado Miranda bajo el N°4, Tomo 5, Protocolo Primero, del 4 de agosto de 2000.
2. Inmueble constituido por un apartamento identificado con el número PB-B, que forma parte del Edificio La Peña, construido sobre un lote de terreno o parcela, ubicado en la Calle La Escuela, Sección La Peña de la Urbanización Las Mercedes, Jurisdicción del Municipio Baruta del Estado Miranda, propiedad de la ciudadana DANIELA GALLEGOS BARRETO, venezolana, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-11.735.094, según documento protocolizado ante el Registro Público del Segundo Circuito del Municipio Baruta del Estado Miranda, bajo el N° 2012.121, Asiento Registral 1 del inmueble matriculado con el Nº 242.13.16.2.2089 correspondiente al libro de Folio Real del año 2012, del 13 de marzo de 2012,
3. Inmueble constituido por un apartamento identificado con el número PB-C, que forma parte del Edificio La Peña, construido sobre un lote de terreno o parcela, ubicado en la Calle La Escuela, Sección La Peña de la Urbanización Las Mercedes, Jurisdicción del Municipio Baruta del Estado Miranda, propiedad de la sociedad mercantil INVERSIONES TERRACINI C.A., inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, bajo el N°67 Tomo 3-A de fecha 24 de marzo de 1976, según documento protocolizado ante el Registro Público del Primer Circuito del Municipio Baruta y Estado Miranda, bajo el N° 7, Tomo 23, Protocolo Primero, del 12 de julio de 1976.
4. Inmueble constituido por un apartamento identificado con el número PB-D, que forma parte del Edificio La Peña, construido sobre un lote de terreno o parcela, ubicado en la Calle La Escuela, Sección La Peña de la Urbanización Las Mercedes, Jurisdicción del Municipio Baruta del Estado Miranda, propiedad de la sociedad mercantil INVERSIONES L.P.P.B.D. S.A., inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, bajo el N°58, Tomo 66-A Sgdo, de 16 de marzo de 1999, según documento protocolizado ante el Registro Público del Segundo Circuito del Municipio Baruta del Estado Miranda, bajo el N°21, Tomo 8, Protocolo Primero, de 16 de julio de 1999.
5. Inmueble constituido por un apartamento identificado con el número PB-E, que forma parte del Edificio La Peña, construido sobre un lote de terreno o parcela, ubicado en la Calle La Escuela, Sección La Peña de la Urbanización Las Mercedes, Jurisdicción del Municipio Baruta del Estado Miranda, propiedad del ciudadano CARLOS TOMÁS HERNÁNDEZ SALAVERRÍA, venezolano, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V-3.664.828, según documento protocolizado ante el Registro Público del Segundo Circuito del Municipio Baruta y Estado Miranda, bajo el N°2, Tomo 4, Protocolo Primero, del 27 de abril de 2004.
6. Inmueble constituido por un apartamento identificado con el número 1-A, que forma parte del Edificio La Peña, construido sobre un lote de terreno o parcela, ubicado en la Calle La Escuela, Sección La Peña de la Urbanización Las Mercedes, Jurisdicción del Municipio Baruta del Estado Miranda, propiedad de los ciudadanos GUSTAVO GÓMEZ RUIZ TEJERA y DANIELA PÉREZ ALTUVE, venezolanos, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nos V-10.819.512 y V-14.021.278, respectivamente, según documento protocolizado ante el Registro Público del Segundo Circuito del Municipio Baruta del Estado Miranda, bajo el N° 2012.909, Asiento Registral 1 del Inmueble matriculado con el N° 242.13.16.2.2877, correspondiente al Folio Real del año 2012, Nº 2012.910, Asiento Registral 1 del inmueble matriculado con el Nº 242.13.16.2.2878, correspondiente al libro de folio real del año 2012, Nº 2012.911, Asiento Registral 1 del inmueble matriculado con el Nº 242.13.16.2.2879 y correspondiente al libro del Folio Real del año 2012,
7. Inmueble constituido por apartamento identificado con el número 1-B, que forma parte del Edificio La Peña, construido sobre un lote de terreno o parcela, ubicado en la Calle La Escuela, Sección La Peña de la Urbanización Las Mercedes, Jurisdicción del Municipio Baruta del Estado Miranda, propiedad de la ciudadana CARLOTA LERET DE SALAS, venezolana, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad N° V-1.845.118, según documento protocolizado ante el Registro Público del Primer Circuito del Municipio Baruta y Estado Miranda, bajo el N° 16, Tomo 36, del 30 de junio de 1976,
8. Inmueble constituido por un apartamento identificado con el número 1-C, que forma parte del Edificio La Peña, construido sobre un lote de terreno o parcela, ubicado en la Calle La Escuela, Sección La Peña de la Urbanización Las Mercedes, Jurisdicción del Municipio Baruta del Estado Miranda, propiedad de la sociedad mercantil INVERSIONES TERRACINI C.A., inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, bajo el N°67 Tomo 3-A de fecha 24 de marzo de 1976, según documento protocolizado ante el Registro Público del Primer Circuito del Municipio Baruta y Estado Miranda, bajo el N°30, Tomo 36, Protocolo Primero, del 6 de agosto de 1976.
9. Inmueble constituido por u apartamento identificado con el número 1-D que forma parte del Edificio La Peña, construido sobre un lote de terreno o parcela, ubicado en la Calle La Escuela, Sección La Peña de la Urbanización Las Mercedes, Jurisdicción del Municipio Baruta del Estado Miranda, propiedad del ciudadano OMAR ALDELAZIZ ABOELHAMMED, venezolano, de este domicilio, casado, titular de la cédula de identidad N° V-6.020.780, según documento protocolizado ante el Registro Público del Segundo Circuito del Municipio Baruta y Estado Miranda, bajo el N° 24, Tomo 4, Protocolo Primero, del 1 de agosto de 2001.
10. Inmueble constituido por un apartamento identificado con el número 1-E, que forma parte del Edificio La Peña, construido sobre un lote de terreno o parcela, ubicado en la Calle La Escuela, Sección La Peña de la Urbanización Las Mercedes, Jurisdicción del Municipio Baruta del Estado Miranda, propiedad del ciudadano LUIS FELIPE NEBREDA, venezolano, de este domicilio, soltero, titular de la cédula de identidad N° V- 9.880.152, según documento protocolizado ante el Registro Público del Segundo Circuito del Municipio Baruta del Estado Miranda, bajo el N° 35, Tomo 4, Protocolo Primero, del 6 de febrero de 2004.
11. Inmueble constituido por apartamento identificado con el numero 2-A, que forma parte del Edificio La Peña, construido sobre un lote de terreno o parcela, ubicado en la Calle La Escuela, Sección La Peña de la Urbanización Las Mercedes, Jurisdicción del Municipio Baruta del Estado Miranda, propiedad del ciudadano LUCIO MAZZEI OQUENDO, venezolano, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V- 83.182, según documento protocolizado ante el Registro Público del Primer Circuito Del Municipio Baruta y Estado Miranda, bajo el N° 8, Tomo 6, Protocolo Primero, del 24 de enero de 1983.
12. Inmueble constituido por un apartamento identificado con el numero 2-B, que forma parte del Edificio La Peña, construido sobre un lote de terreno o parcela, ubicado en la Calle La Escuela, Sección La Peña de la Urbanización Las Mercedes, Jurisdicción del Municipio Baruta del Estado Miranda, propiedad del ciudadano ANTONIO ZITO BONSIGNORE, venezolano, soltero, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V-10.487.436, según documento protocolizado en el Registro Público del Segundo Circuito del Municipio Baruta y Estado Miranda, bajo el No. 2014.279, Asiento Registral 2, del inmueble matriculado con el No. 242.13.16.2.4311, correspondiente al libro de folio real del año 2014, No. 2014.280, asiento registral 2 del inmueble matriculado con el No.242.13.16.2.4312 y correspondiente al libro de folio real del año 2014,del 20 de febrero de 2018,
13. Inmueble constituido por un apartamento identificado con el numero 2-C, que forma parte del Edificio La Peña, construido sobre un lote de terreno o parcela, ubicado en la Calle La Escuela, Sección La Peña de la Urbanización Las Mercedes, Jurisdicción del Municipio Baruta del Estado Miranda, propiedad del ciudadano HENRIQUE ALBERTO REVERON MUÑOZ, venezolano, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V-16.006.796, según documento inscrito bajo el Nº 2012.405, Asiento Registral 1 del inmueble matriculado con el N° 242.13.16.2.2373 y correspondiente al Libro de folio real del año 2012, del 15 de junio del 2012.
14. Inmueble constituido por un apartamento identificado con el número 2-D, que forma parte del Edificio La Peña, construido sobre un lote de terreno o parcela, ubicado en la Calle La Escuela, Sección La Peña de la Urbanización Las Mercedes, Jurisdicción del Municipio Baruta del Estado Miranda, propiedad del ciudadano SALOMÓN KONIG ZEIGEN, venezolano, casado, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad N° V- 3.181.160, según documento inscrito en el Registro Público del Primer Circuito Del Municipio Baruta y Estado Miranda, bajo el N°16, Tomo 44, Protocolo Primero, del 27 de noviembre de 1991.
15. Inmueble constituido por un apartamento identificado con el numero 2-E, que forma parte del Edificio La Peña, construido sobre un lote de terreno o parcela, ubicado en la Calle La Escuela, Sección La Peña de la Urbanización Las Mercedes, Jurisdicción del Municipio Baruta del Estado Miranda, propiedad de los ciudadanos GIOVANNI PIOPPO Y MARIA PIA CHIAPPINI, ambos de nacionalidad italiana, de este domicilio, titulares de las cédula de identidad Nos E-81.317.514 y C.I. E-935.668, respectivamente, según documento protocolizado ante el Registro Público del Segundo Circuito del Municipio Baruta y Estado Miranda, bajo el Nº 40, Tomo 3, Protocolo Primero, del 20 de abril de 2007.
16. Inmueble constituido por un apartamento identificado con el número 3-A, que forma parte del Edificio La Peña, construido sobre un lote de terreno o parcela, ubicado en la Calle La Escuela, Sección La Peña de la Urbanización Las Mercedes, Jurisdicción del Municipio Baruta del Estado Miranda, propiedad del ciudadano JOSE LUIS PERMUY AMENEIROS, venezolano, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V-6.978.124, según documento inscrito en el Registro Público del Segundo Circuito del Municipio Baruta y Estado Miranda, bajo el N°1, Tomo 4, Protocolo Primero, del 4 de agosto de 1998.
17. Inmueble constituido por apartamento identificado con el número 3-B, que forma parte del Edificio La Peña, construido sobre un lote de terreno o parcela, ubicado en la Calle La Escuela, Sección La Peña de la Urbanización Las Mercedes, Jurisdicción del Municipio Baruta del Estado Miranda, propiedad de la ciudadana ROSA ANA SCRIRE GALDERISI, venezolana, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad N° V-14.139.165, según documento inscrito bajo el número 2011.2381, Asiento Registral 2 del inmueble matriculado con el N° 242.13.16.2.1177 y correspondiente al Libro de folio real del año 2011, del 20 de febrero de 2018.
18. Inmueble constituido por un apartamento identificado con el número 3-C, que forma parte del Edificio La Peña, construido sobre un lote de terreno o parcela, ubicado en la Calle La Escuela, Sección La Peña de la Urbanización Las Mercedes, Jurisdicción del Municipio Baruta del Estado Miranda, FLOR MONTES DE OCA DE LAZO Y ALI LAZO RICARDI, casados, venezolanos, titulares de las cédulas de identidad Nos V-4.773.970 y V-298.949, respectivamente, según documento inscrito en el Registro Público del Segundo Circuito Del Municipio Baruta y Estado Miranda, bajo el N° 6, Tomo 3, Protocolo Primero, del 30 de enero del 2009.
19. Inmueble constituido por un apartamento identificado con el numero 3-D, que forma parte del Edificio La Peña, construido sobre un lote de terreno o parcela, ubicado en la Calle La Escuela, Sección La Peña de la Urbanización Las Mercedes, Jurisdicción del Municipio Baruta del Estado Miranda, propiedad de los ciudadanos EDGAR BORIS SULYMA AVILES Y MARIELA CORINA ASCANIO MATAMOROS, venezolanos, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nos V-4.883.693 y V-6.660.497, respectivamente, según consta de documento protocolizado ante el Registro Público del Segundo Circuito Del Municipio Baruta y Estado Miranda, bajo el Nº 2012.970, Asiento Registral 1, del inmueble matriculado con el Nº. 242.13.16.2.2938 del libro de Folio Real del año 2012, Nº 2012.971, Asiento Registral 1 del inmueble matriculado con No. 242.13.16.2.2939 y correspondiente al libro de folio real del año 2012, del 19 de noviembre del 2012,.
20. Inmueble constituido por un apartamento identificado con el número 3-E, que forma parte del Edificio La Peña, construido sobre un lote de terreno o parcela, ubicado en la Calle La Escuela, Sección La Peña de la Urbanización Las Mercedes, Jurisdicción del Municipio Baruta del Estado Miranda, propiedad del ciudadano VÍCTOR ANDRÉS RODRÍGUEZ GHERSI, venezolano, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad N° V-6.018.945, según documento protocolizado ante el Registro Público del Segundo Circuito Del Distrito Sucre del Estado Miranda (hoy día Registro Público del Primer Circuito del Municipio Baruta y Estado Miranda), bajo el N° 14, Tomo 50, Protocolo Primero, del 15 de diciembre de 1994.
21. Inmueble constituido por un apartamento identificado con el número PH-A, que forma parte del Edificio La Peña, construido sobre un lote de terreno o parcela, ubicado en la Calle La Escuela, Sección La Peña de la Urbanización Las Mercedes, Jurisdicción del Municipio Baruta del Estado Miranda, propiedad de los ciudadanos KAREN ELIZABETH HELLER DE GODDARD, WILLIAM HENRY HELLER LUZARDO Y THOMAS JACOB HELLER LUZARDO, venezolanos, de este domicilio, titulares de la cédulas de identidad Nos V-4.090.708, V-5.533.866 y V-3.658.119 respectivamente, según documento protocolizado ante el Registro Público del Segundo Circuito Del Municipio Baruta y Estado Miranda, bajo el Nº 2012.1014, Asiento Registral 1 del inmueble matriculado con el Nº 242.13.16.2.2982, correspondiente al libro de folio real del año 2012, Nº 2012.1015, Asiento Registral 1 del inmueble matriculado con el Nº 242.13.16.2.2983, correspondiente al libro de Folio Real del 2012, Nº 2012.1016, Asiento Registral 1 del inmueble matriculado con el Nº 242.13.16.2.2984, correspondiente al libro de folio real del año 2012, Nº 2012.1017, Asiento Registral 1 del inmueble matriculado con el Nº 242.13.16.2.2985 y correspondiente al libro de folio real del año 2012, del 29 de noviembre del 2012.
22. Inmueble constituido por un apartamento identificado con el número PH-B, que forma parte del Edificio La Peña, construido sobre un lote de terreno o parcela, ubicado en la Calle La Escuela, Sección La Peña de la Urbanización Las Mercedes, Jurisdicción del Municipio Baruta del Estado Miranda, propiedad de la sociedad mercantil INVERSIONES YASMIN C.A., domiciliada en el Concejo, Estado Aragua e inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, bajo el N°50, Tomo 350-A, del 30 de marzo de 1990, según documento protocolizado ante el Registro Subalterno del Segundo Circuito del Distrito Sucre del Estado Miranda (hoy, Registro Público del Primer Circuito del Municipio Baruta y Estado Miranda), bajo el N°46, Tomo 5, Protocolo Tercero, del 21 de mayo de 1992.
23. Inmueble constituido por un apartamento identificado con el número PH-C, que forma parte del Edificio La Peña, construido sobre un lote de terreno o parcela, ubicado en la Calle La Escuela, Sección La Peña de la Urbanización Las Mercedes, Jurisdicción del Municipio Baruta del Estado Miranda, propiedad de la ciudadana PATRICIA ALEJANDRA NARANJO CABALLERO, venezolana, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad N° V-16.116.324, según consta de documento protocolizado ante el Registro Público del Segundo Circuito Del Municipio Baruta y Estado Miranda, bajo el N° 2013.345, Asiento Registral 1, del inmueble matriculado con el N° 242.13.16.2.3501, del libro de folio real Del año 2013, Nº 2013.346, Asiento Registral 1 del inmueble matriculado con el Nº 243.13.16.2.3502 y correspondiente al libro de folio real del año 2013, del 24 de mayo de 2013.
24. Inmueble constituido por un apartamento identificado con el número PH-D, que forma parte del Edificio La Peña, construido sobre un lote de terreno o parcela, ubicado en la Calle La Escuela, Sección La Peña de la Urbanización Las Mercedes, Jurisdicción del Municipio Baruta del Estado Miranda, propiedad del ciudadano JOSÉ CALVO VENERO, venezolano, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V-989.302, según consta de documento protocolizado ante el Registro Subalterno del Segundo Circuito del Distrito Sucre del Estado Miranda (hoy día Registro Público del Primer Circuito Del Municipio Baruta y Estado Miranda), bajo N°29, Tomo 23, Protocolo Primero, del 30 de julio de 1976.
25. Inmueble constituido por un apartamento identificado con el número PH-E, que forma parte del Edificio La Peña, construido sobre un lote de terreno o parcela, ubicado en la Calle La Escuela, Sección La Peña de la Urbanización Las Mercedes, Jurisdicción del Municipio Baruta del Estado Miranda, propiedad de la ciudadana ANA LATRE DE PERMUY, venezolana, casada, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V-5.142.346. según documento protocolizado ante el Registro Público del Segundo Circuito del Municipio Baruta y Estado Miranda, bajo el Nº 2013.601, Asiento Registral 1, del inmueble matriculado con el Nº 242.13.16.2.3757, del libro de folio real Del año 2013, Nº 2013.602, Asiento Registral 1 del inmueble matriculado con el Nº 242.13.16.2.3758, correspondiente al libro de folio real del año 2013, Nº 2013.603, Asiento Registral 1 del inmueble matriculado con el Nº 242.13.16.2.3759 y correspondiente al libro del folio real del año 2013, del 29 de agosto del 2013
En tal sentido se ordena librar los oficios respectivos a los citados Registros, los cuales serán remitidos a la Unidad de Actos de Comunicación del Servicio de Alguacilazgo de este Circuito Judicial a fin que el Alguacil que corresponda entregue los mismos ante la oficina correspondiente. ASÍ SE ESTABLECE.-
De conformidad con lo dispuesto en el particular DÉCIMO de la Resolución No. 05-2020 de fecha 05 de octubre de 2020, emanada de la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, se ordena la remisión de la dispositiva en formato pdf a la cuenta notificacionesysentencias.civil@gmail.com para su publicación en el portal web. Asimismo, se ordena remitir la presente decisión en formato pdf, sin firmas, a la cuenta de correo frank.mariano@vrcabogados.com.ve.
LA JUEZ,
LA SECRETARIA,
CAROLINA GARCIA CEDEÑO.-
YEISA REQUENA CASTAÑEDA.-
En esta misma fecha, siendo las tres de la tarde (3:00 p.m.), previo el cumplimiento de las formalidades de Ley, se publicó y registró la anterior sentencia, dejándose en la Unidad de Archivo la copia certificada a la cual hace referencia el artículo 248 de Código de Procedimiento Civil y se remitió vía correo electrónico a las cuentas notificacionesysentencias.civil@gmail.com. y frank.mariano@vrcabogados.com.ve
LA SECRETARIA,
YEISA REQUENA CASTAÑEDA
Asunto: AH19-X-FALLAS-2019-000001
INTERLOCUTORIA
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