ACTA

Nº DE EXPEDIENTE: AP21-L-2021-000161.
PARTE ACTORA: MORENO OLGUIN MARIA INES.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE FABRIZZI D’ALESSANDRO GIOVANNI. Abogado en ejercicio e inscrito en el IPSA con el Nº 38.170.
PARTE DEMANDADA: ROFRER, C.A
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: MIRNA DIHNORA PRIETO ORTEGA. IPSA Nº 92.909.
MOTIVO: SALARIOS RETENIDOS Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.


En el día hábil de hoy, miércoles dieciocho (18) de mayo de dos mil veintidós (2022), siendo las 10:30 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Prolongación de la Audiencia Preliminar en el presente procedimiento, fijada mediante acta de fecha 29 de abril de 2022, comparece la parte demandada a través de su apoderada judicial abogada MIRNA DIHNORA PRIETO ORTEGA. IPSA Nº 92.909 Igualmente este Tribunal da un lapso de espera de 15 minutos, a los fines de verificar si la parte actora hacia acto de presencia conforme a la Sentencia Caso Vepaco con ponencia del Magistrado Luis Eduardo Francechi de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia y verificado con la Sala de Anuncios ubicada en la Mezzanina de este Circuito Judicial, siendo las 10:47 am, se deja constancia de que la parte actora no hizo acto de presencia ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno que la represente, en virtud de ello, este Juzgado administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara el Desistido del Presente Procedimiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Es todo, Terminó, se Leyó y Conformes Firman.
El Juez


Abg. José Antonio Moreno Palacios



Apoderada Judicial de la Parte Demandada

La Secretaria


Abg. Ketty López