REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

TRIBUNAL DECIMO TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE
LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS

Caracas, 19 de mayo de 2022.-
212º y 163º

Vista la anterior solicitud de SEPARACION DE CUERPOS y los recaudos que la
acompañan, presentado por los ciudadanos DARWIN JAVIER PACHECO LEDEZMA y
GRISMALY JOSEFINA HERRERA RONDON, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y
titulares de las cédulas de identidad Nros. V-12.162.057 y V- 16.505.844, respectivamente,
debidamente asistidos por la abogado de la Coordinación de Asistencia Jurídica Gratuita, Dirección
General de la Oficina de Atención al Ciudadano, Ministerio del Poder Popular para Relaciones
Interiores, Justicia y Paz, profesional del derecho VIRGINIA VILLALTA, inscrita en el
Inpreabogado bajo el N° 117.155, el Tribunal ADMITE la presente solicitud cuanto ha lugar en
derecho, por cuanto no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna
disposición expresa en la ley, Asimismo, se exhortó a los cónyuges ciudadanos DARWIN JAVIER
PACHECO LEDEZMA y GRISMALY JOSEFINA HERRERA RONDON, a la reconciliación sin
lograrse esta, en consecuencia, este Tribunal DECRETA LA SEPARACIÓN DE CUERPOS, en los
mismos términos y condiciones por ellos convenidos, de conformidad con lo establecido en el
artículo 188 y 189 del Código Civil, en concordancia con el parágrafo primero del artículo 762
del Código de Procedimiento Civil. Con respecto a los bienes, estos quedan separados tal y
como fue señalado en el escrito de solicitud, según lo establecido en el articulo 190 del Código
Civil, Expídanse por secretaria copias certificadas del escrito de solicitud y del presente auto, y
entréguese a los solicitantes, de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del
Código de Procedimiento Civil, una vez sea consignada los fotostatos correspondientes.-
LA JUEZ PROVISORIA
ABG. NINOSKA ROMERO M.

LA SECRETARIA TEMPORAL.
ABG. FREILENTH PINTO.

NRM/FP/Daniel.-
Exp. AP31-F-S-2022-002266.