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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 PODER JUDICIAL
 Tribunal Séptimo (7º) Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del  Área Metropolitana de Caracas
 Caracas, veintiuno (21) de octubre  de dos mil veintidós (2022)
 212º y 163º
 
 
 ASUNTO: AH22-X-2022-000038
 ASUNTO PRINCIPAL: AP21-L-2021-000208
 
 
 Vista  la decisión emanada del Juzgado Primero (1º) Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el asunto signado bajo el nº AH22-X-2022-000046, mediante el cual declaró con lugar la inhibición solicitada por el abogado Jesús Gregorio Cova, Juez 6to de Juicio de este Circuito Judicial del Trabajo, en la causa signada con el nº AP21-L-2021-000208, decisión esta en conocimiento de este tribunal por notoriedad judicial, y con ocasión a la solicitud de recusación planteada en la causa principal antes mencionada (nº AP21-L-2021-000208), cuaderno de recusación AH22-X-2022-000038 contra el Juez inhibido, es forzoso para este Tribunal Superior declarar EL DECAIMIENTO DEL OBJETO, en la causa AH22-X-2022-000038.
 
 Se ordena la notificación al abogado Jesús Gregorio Cova, Juez 6to de Juicio de este Circuito Judicial del Trabajo, de la presente decisión. Líbrese Oficio.-
 
 
 El Juez
 Abg. Víctor Cesar  Ruiz Alcocer
 EL Secretario
 
 Abg. Angel Pinto Pacheco
 
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