REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO GUANARE DEL PRIMER CIRCUITO.
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO GUANARE DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA.
Guanare, 19 de Septiembre de 2022
Vista la diligencia de fecha 11/08/2022;suscrita por el ciudadanoVíctor Julio Lucena Oropeza, plenamente identificado en autos, asistido por la abogadaFrancis Yustiz, titular de la cedula de identidad Nº V-13.703.206, e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 101.614, mediante el cual desiste de la presente solicitud de divorcio, incoada contra su cónyuge; ciudadanaAlidaOrsini Torres, titular de la Cedula de Identidad Nº V-8.661.919;asímismo solicita el desglose de los documentos consignados anexos a la solicitud, dejando en su lugar copias fotostáticas certificadas.
En consecuencia, este Tribunal acuerda el desistimiento solicitado; por no ser contrario a derecho y ordena el desglose de dichos documentos, dejándose en su lugar copias certificadas de los mismos. Se da por terminado la presente solicitud y se ordena el archivo de la misma y su remisión al archivo judicial en su debida oportunidad.
A tal efecto se autoriza a la Secretaria de este Tribunal,quien la certificara con su firma de conformidad con el Artículo 112 del Código de Procedimiento Civil.
La Jueza,
Abg. Maritza Sandobal Pedroza.
El Secretario Accidental,
Abg. José Neptali Alvarado Viscaya.
Solicitud Nº 1338-2022.-
MSP/neptalialvarado.-